Visto el expediente instruido y remitido por el Ministerio de Justicia, sobre concurso ordinario convocado por resolución de 26 de junio de 2007 (BOE de 6 de julio) y resuelto por resolución de 5 de septiembre de 2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.13 del Estatuto de Autonomía, según texto modificado por la Ley Orgánica 11/1988, de 30 de diciembre, y en uso de las facultades que me confiere el Decreto 37/199 de 12 de abril.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
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Fecha: Jueves, 21 Diciembre, 2006
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:
LEY DE CANTABRIA 7/2007, DE 27 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES Y DE CONTENIDO FINANCIERO
PREÁMBULO Fecha: Jueves, 27 Diciembre, 2007
La Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificada por la Ley de Cantabria 4/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas y por la Ley de Cantabria 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Administrativas y Fiscales, crea y regula en su Capítulo V el canon de saneamiento como recurso tributario propio de la Comunidad Autónoma, y faculta al Gobierno de Cantabria para dictar las disposiciones reglamentarias de desarrollo de dicha regulación con una Fecha: Viernes, 10 Febrero, 2006
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Procurador General.
PREÁMBULO Fecha: Viernes, 30 Diciembre, 2005
Fecha: Miércoles, 15 Febrero, 2006
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA
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Fecha: Miércoles, 15 Marzo, 2006
La Disposición Adicional Única de la Ley de Cantabri a 11/2002, de 23 de diciembre, introducida por el art í c u l o
1 3 . Trece de la Ley 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Administra t i vas y Fiscales dispone que “La dirección G e n e ral de Hacienda dictará cada año Resolución en la que se enumere las cuantías que limitan la Reducción de la base imponible del Impuesto de sucesiones y Donaciones regulada en el apartado 2 del artículo 1 de esta Ley ” .
Fecha: Viernes, 17 Febrero, 2006
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:
Fecha: Miércoles, 15 Marzo, 2006
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