El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determina que las Administraciones de las Comunidades Autónomas fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.
Por Resolución de 27 de septiembre de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de octubre), la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso número 2 de 2002 de los correspondientes a provisión ordinaria de Notarías, expediente que incluía ciertas vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto por el artículo 88 del Reglamento Notarial. Fecha: Martes, 24 Diciembre, 2002
La aprobación en fecha 8 de mayo de 2003 del Decreto 62/2003 sobre acreditación, funcionamiento y control de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional incorpora, en su artículo 32, entre una de sus novedades, la figura del contrato de mediación entre las Entidades Colaboradoras (ECAIS) y los futuros adoptantes, como un modelo a establecer por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales mediante la oportuna Orden, contrato que ha de referirse a las funciones de mediación recogidas en el citado Decreto. Fecha: Miércoles, 30 Junio, 2004
En el apartado 2.1.3 del artículo 5 del Decreto 253/2001, de 8 de noviembre, por el que se unifican los procedimientos relacionados con la inscripción en los Registros de Empresa de Actividades Industriales Reguladas, se establece como requisito exigible a las empresas instaladoras de gas EG-II, EG-III y EG-IV la necesidad de disponer de un técnico titulado competente con funciones de asesoramiento técnico y que podrá estar en plantilla de la empresa (al menos en régimen de media jornada), pertenecer a una asociación empresarial radicada en el ámbito territorial de la Fecha: Miércoles, 19 Febrero, 2003
El Presidente de la Comunidad de Madrid.
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO Fecha: Miércoles, 27 Agosto, 2003
Advertido error tipográfico en el texto de la citada Ley en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, correspondiente al 30 de diciembre, páginas 2 a 544, se procede a su corrección en los siguientes términos: Fecha: Miércoles, 15 Enero, 2003
La Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 18.2o, que "también deberá solicitarse una nueva licencia en los supuestos de traslado del establecimiento, de cambio de titular que explote la actividad y de cambio de promotor, siempre que se hubiera concedido la licencia al promotor originario".
ORDEN 10494/2002, de 18 de noviembre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula la celebración de actividades recreativas extraordinarias durante las Fiestas de Navidad, Fin de Año y Reyes, así como los espectáculos extraordinarios.
Fecha: Viernes, 22 Noviembre, 2002
El Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actuaciones protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, establece en su artículo 23.2, que el precio máximo legal de venta de las Viviendas con Protección Pública será establecido mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, con arreglo al sistema previsto en la normativa estatal reguladora de los Planes de Vivienda y Suelo.
CORRECCIÓN de errores tipográficos al Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 29 de octubre de 2002.
Fecha: Viernes, 22 Noviembre, 2002
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