El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, que continua vigente en base a lo establecido en la Disposición Derogatoria Unica del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establece que, junto con las fiestas de carácter general, serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables hasta 2 días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias a cada municipio, determinándose por la Autoridad Laboral a propuesta del Pleno correspondiente. Fecha: Viernes, 16 Diciembre, 2011
La aprobación del Decreto Foral 2/2012, de 18 de enero, por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales, supone una serie de cambios en el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas y por el se modifican otras normas con contenido tributario, modelo F-50, así como, en la regulación de la Declaración informativa con el contenido de los libros registro, modelo 340, aprobada en el artículo 20 en su apartado 10 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadi
Fecha: Martes, 31 Diciembre, 1996
En las transmisiones de vehículos y de embarcaciones usados se vienen aplicando para la determinación de la base imponible en los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Especial sobre Determinados Medios de Transporte los precios medios establecidos a tal fin, año tras año, mediante sucesivas Ordenes Forales.
Advertidos errores en la Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre de 2011, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2012, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 256, de 30 de diciembre de 2011, se procede a efectuar las correspondientes rectificaciones:
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: Viernes, 30 Diciembre, 2011
El artículo 10.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, establece que las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en Navarra como consecuencia de su desplazamiento a territorio español para el desempeño de trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con las actividades de investigación y desarrollo, o bien se trate de personal docente universitario de reconocido prestigio, podrán optar, siempre que cum
Es objeto de este Decreto Foral modificar el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Decreto Foral que regula la declaración anual de operaciones con terceras personas.
La Ley Foral 23/2010, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, ha introducido una variación en el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, incorporando la posibilidad de que los rendimientos íntegros procedentes de arrendamientos de viviendas puedan ser estimados por la Administración tributaria de conformidad con los precios medios de mercado fijados por el Consejero de Economía y Hacienda medi Fecha: Martes, 20 Diciembre, 2011
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