Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas JUS/2310/2010, de 30 de junio, y de conformidad con lo que disponen el artículo 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;
Fecha: Martes, 14 Septiembre, 2010
Fecha: Martes, 14 Septiembre, 2010
CORRECCIÓN DE ERRATAS
en el Decreto ley 5/2010, de 3 de agosto, de modificación del Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 1/2008, de 11 de marzo (DOGC núm. 5685, pág. 60882, de 4.8.2010).
Habiendo observado erratas en el texto del Decreto ley citado, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5685, de la pág. 60882 a la 60890, de 4.8.2010, se detalla su oportuna corrección: Fecha: Martes, 7 Septiembre, 2010
Visto que el nombramiento de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles que tengan que ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad, en virtud de lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio;
Fecha: Viernes, 10 Septiembre, 2010
Atès el que disposa l'article 4 del Reial decret 873/1977, de 22 d'abril, sobre dipòsit dels estatuts de les organitzacions constituïdes d'acord amb la Llei 19/1977, d'1 d'abril, reguladora del dret d'associació sindical (BOE núm.
Fecha: Lunes, 6 Septiembre, 2010
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de 21 de junio de 2010 (DOGC núm. 5659, de 29.6.2010, y BOE núm. 157, de 29.6.2010), rectificada por la de 30 de junio de 2010 (DOGC núm. 5665, de 7.7.2010, y BOE núm. 164, de 7.7.2010), de conformidad con lo que dispone el artículo 503 del Reglamento hipotecario;
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
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