El Presidente de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
I. Consideraciones generales Fecha: Miércoles, 10 Marzo, 2010
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
Preámbulo
La necesidad de la instalación de nuevos centros de culto que se ha producido en los últimos años a Cataluña, en buena medida como consecuencia del aumento de la inmigración, ha situado a las administraciones públicas catalanas ante una nueva realidad a la que tienen que dar respuesta.
De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, esta comunidad autónoma ha asumido la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el referido ámbito territorial.
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
RESOLUCIÓN
JUS/2310/2010, de 30 de junio, por la que se convoca el concurso ordinario núm. 280 para proveer registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes.
RESOLUCIÓN
JUS/2313/2010, de 5 de julio, por la que se nombran notarios archiveros y notarias archiveras de protocolos de distrito vacantes.
El nombramiento de notarios archiveros que deben hacerse cargo de los archivos de protocolos de distrito situados en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 147.1.d del Estatuto de autonomía de Cataluña.
CORRECCIÓN DE ERRATA
en la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC núm. 5648, pág. 45299, de 11.6.2010).
Habiendo observado una errata en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5648, de 11.6.2010, se detalla su oportuna corrección:
En la página 45323, en el artículo 69, donde dice:
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