DECRETO 1/2009, de 2 de enero, del Lehendakari, por el que se disuelve el Parlamento Vasco y se convocan elecciones.

En ejercicio de la facultad que atribuyen al Lehendakari los artículos 7.c) y 50 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, efectuada la preceptiva deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el día 2 de enero de 2009, he resuelto disolver el Parlamento Vasco y convocar elecciones.

En consecuencia, en virtud de los preceptos citados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, en la redacción dada por la Ley 15/1998, de 19 de junio, y demás legislación aplicable,

DISPONGO:

Artículo 1.- Disolución del Parlamento Vasco y convocatoria de elecciones.

1.- Queda disuelto el Parlamento Vasco elegido el día 17 de abril de 2005.

2.- Se convocan elecciones al Parlamento Vasco que se celebrarán el domingo día 1 de marzo de 2009.

Artículo 2.- Número de parlamentarios o parlamentarias a elegir.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 26 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y 10 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, se elegirán 25 parlamentarios o parlamentarias por cada circunscripción electoral.

Artículo 3.- Campaña electoral.

De conformidad con el artículo 68.2 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, la campaña electoral durará quince días. Comenzará a las cero horas del día 13 de febrero y concluirá a las veinticuatro horas del día 27 de febrero.

DISPOSICIÓN FINAL

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.3 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, el presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 2 de enero de 2009.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

Fecha: 
Martes, 6 Enero, 2009