Orden de 16 de febrero de 2010, del Departamento de Justicia, por la que se aplaza la provisión de plazas de notarías vacantes prevista para el año 2010



El Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial aprobó la creación de nuevas plazas notariales que significó para Cataluña la creación de cuarenta y siete nuevas notarías.

El artículo 9 del Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, aplazó la provisión de algunas de las notarías creadas por periodos de uno, dos y tres años a contar a partir de la entrada en vigor del Real Decreto.

Por Resolución JUS/1623/2008, de 19 de mayo, se anunció un concurso para la provisión de 91 notarías vacantes en Cataluña entre las cuales se incluían las de Manresa, Blanes y Roquetes, expresamente aplazadas por el plazo de un año en el artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero.

Por Resolución JUS/1577/2009, de 25 de mayo, se anunció un concurso para la provisión de 99 notarías vacantes en Cataluña, entre las cuales se incluían las de Badalona, Sabadell, Gavà, Tordera, Figueres y El Vendrell, expresamente aplazadas por el plazo de dos años en el artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero.

De acuerdo con el artículo 147.1.c del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Generalidad de Cataluña tiene competencia ejecutiva para establecer las demarcaciones notariales y registrales, incluyendo la determinación de los distritos hipotecarios y de los distritos de competencia territorial de los notarios;

El Decreto 409/2006, de 30 de octubre, asignó al Departamento de Justicia funciones en materia de notarías y de registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, y el Decreto 417/2006 atribuyó a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia el ejercicio de las funciones que se especifican en los apartados a) –convocatoria, administración y resolución de los concursos– y b) –participación en la elaboración de los programas de acceso a los cuerpos de notarios y registradores– del artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña;

Considerando que la situación económica general del Estado y la de Cataluña en particular han variado sustancialmente respecto de la que propició la modificación de la demarcación notarial aprobada el año 2007, ya que los parámetros y los indicadores que sirvieron para dimensionar la demarcación no tienen referente en la actualidad ni responden al tráfico civil y mercantil actual;

Considerando que únicamente falta para proveer en concurso ordinario la notaría demarcada en el municipio de Vilassar de Dalt de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial;

Considerando que el servicio público notarial en el distrito de Mataró está garantizado, ya que cuenta con un total de diecinueve notarías de las cuales sólo dos quedan vacantes;

Vista la solicitud del Colegio de Notarios de Cataluña y a propuesta de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas,

Ordeno:

Artículo único. Aplazamiento de la provisión de plazas.

Se aplaza hasta el primer trimestre de 2011 la provisión en concurso ordinario de la notaría de Vilassar de Dalt creada por el Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.

Disposición final. Entrada en vigor.

Esta Orden entra en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC y en el BOE.

Barcelona, 16 de febrero de 2010.–La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.

Fecha: 
Jueves, 25 Febrero, 2010