Resolución de 30 de agosto de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico.

La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes».




Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013 y a la última actualización publicada en la Resolución de 1 de agosto de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.




Madrid, 30 de agosto de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa.






ANEXO

Diferenciales máximos aplicables al mes de septiembre de 2013 a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

Vida media

de la operación

(Meses)
Tipo fijo máximo
Diferencial máximo sobre euribor 12 meses
Diferencial máximo sobre euribor 6 meses
Diferencial máximo sobre euribor 3 meses
Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
1
2,53
249
2
2,70
261
3
2,72
251
262
4
2,82
260
272
5
3,09
287
298
6
3,30
295
306
318
7
3,44
309
320
331
8
3,53
316
327
339
9
3,62
324
335
347
10
3,68
327
338
350
11
3,72
330
341
353
12
3,76
321
332
343
355
13
3,85
329
341
352
363
14
3,94
336
349
360
371
15
4,00
341
353
364
376
16
4,06
346
357
368
380
17
4,18
355
367
378
390
18
4,30
363
377
388
400
19
4,41
375
386
398
409
20
4,48
381
392
403
415
21
4,55
387
399
410
421
22
4,62
393
404
416
427
23
4,67
396
407
419
430
24
4,71
398
409
420
432
25
4,74
400
411
423
434
Plazo ≥ 26
4,75
402
413
424
436
Fecha: 
Miércoles, 4 Septiembre, 2013