La registradora suspende la inscripción de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, porque al hipotecar la otorgante la mitad indivisa de una de finca para garantizar el préstamo concedido exclusivamente al otro otorgante, empleado de la entidad prestamista, en su condición de fiadora o garante, se le aplican las limitaciones que se derivan de las normas imperativas de la ley 5/2019 (arts. 23 al 25), y la obligatoriedad de autorización del acta previa.

Fecha: 
Jueves, 9 Diciembre, 2021