Una vez tramitado el expediente previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la registradora suspende la inscripción a la vista de diversos escritos de oposición de hasta tres Administraciones Públicas a la inscripción de la representación gráfica, en sendos informes en los que de forma clara y terminante se pone de manifiesto la invasión de dominio público por la representación gráfica que pretende inscribirse. Lo procedente es la denegación de la inscripción y podrá acudirse al expediente de deslinde (art 200 de la Ley Hipotecaria), sin perjuicio de poder acudir al juicio declarativo correspondiente.

Fecha: 
Miércoles, 3 Noviembre, 2021