Fecha:
Lunes, 13 Mayo, 2019
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Para poder inscribir una rectificación de una titularidad registral, han de consentirlo todos y cada uno de los titulares registrales afectados por la rectificación, y además, causalizando debidamente los negocios jurídicos en virtud de los cuales hayan de operarse tales rectificaciones de la titularidad registral vigente. |