En el expediente la registradora suspende la inscripción de un decreto de adjudicación dictado en un procedimiento de ejecución hipotecaria seguido contra una herencia yacente, porque entiende que no se han cumplido los requisitos necesarios para cumplimentar correctamente el llamamiento de la herencia yacente. Del testimonio del decreto de adjudicación y posterior mandamiento presentados y objeto de calificación resulta que el llamamiento es genérico a la herencia yacente y desconocidos herederos del titular registral doña F.M.M., sin que en el momento de la calificación por parte del registrador conste la forma en que se han producido las notificaciones a esos herederos indeterminados, ni si se ha llevado a cabo una investigación razonable, sobre la existencia de herederos testamentarios o legales de los ignorados herederos de don F.M.M. En consecuencia, el defecto ha de ser confirmado.

Fecha: 
Lunes, 28 Septiembre, 2020