Se discute en el presente expediente si es inscribible un testimonio de una sentencia por la que se declara la separación legal de un matrimonio sin liquidar la sociedad de gananciales, si es necesario que en el testimonio de la sentencia presentado se reseñe el número de la misma y, en último lugar, si resulta suficiente para acreditar las facultades representativas del presentante en nombre del cónyuge separado una fotocopia de una escritura de poder para pleitos.

Fecha: 
Lunes, 6 Julio, 2020