Debe decidirse en este expediente si es inscribible una representación gráfica alternativa a la catastral, una vez realizadas las actuaciones previstas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria. La registradora suspende la inscripción a la vista de la oposición formulada por el Ayuntamiento, por posible invasión de dominio público. En el presente caso, resultan justificadas las dudas de la registradora, al ponerse de manifiesto la oposición expresa de la Administración Pública a la inscripción de la representación gráfica. Oposición que se fundamenta en los datos resultantes del inventario municipal de bienes coincidentes con la cartografía catastral.

Fecha: 
Viernes, 2 Agosto, 2019