Según resulta del historial registral de las fincas, el vendedor que suscribió el contrato privado con el causante ya no ostenta titularidad registral alguna sobre la finca referida, por haber realizado ya otras ventas inscritas. Si lo que se pretendiera fuera la inscripción de la sentencia que se reseña en la escritura, sería preciso aportar el original de dicha sentencia, de la que se deduzca que el proceso judicial se ha seguido contra el titular registral o sus herederos.

Fecha: 
Martes, 24 Diciembre, 2019