Se plantea si cabe practicar una segregación de una registral cuando tanto la licencia de segregación como el informe del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales del Gobierno de Navarra se refieren a las superficies catastrales de las fincas resultando del propio título que la cabida real de la finca matriz es la publicitada tabularmente.

Fecha: 
Martes, 24 Diciembre, 2019