En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario de Pamplona/Iruña, don Joaquín Luis Yoldi Sengáriz, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Advertido error en el Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 8 de diciembre de 2012, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
Advertida errata en la inserción de la Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 25, de fecha 29 de enero de 2013, páginas 6532 a 6568, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Vista la instancia del Notario de Torredonjimeno, don Antonio Pulgar Cantos, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria,
Advertido error en la Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 58, de fecha 8 de marzo de 2013, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 18453, párrafo primero, línea primera, donde dice: «pueden», debe decir: «puedan».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del notario de Oviedo, don Javier López-Polín Méndez de Vigo, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del notario de Granada, don Aurelio Nuño Vicente, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
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