En virtud de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, en su artículo 147.1.a), esta Comunidad autónoma ha asumido la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el ámbito territorial mencionado.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96 y otros concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado (aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944), dentro de los turnos a los que se refiere el artículo 88, según la redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se encuentran vacantes el día de la fecha según se enumeran en el anexo I de la presente Resolución.
Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña con relación a los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas, habrá que atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, sin perjuicio del tratamiento específico que deba darse, en su momento, a los nuevos notarios que deben solicitar una plaza con carácter forzoso en virtud del último párrafo del artículo 22 del Reglamento notarial, al objeto de facilitar el acceso a la función notarial en las mismas condiciones que las establecidas en el resto del Estado.
En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),
Resuelvo:
Primero
Plazas
Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en la Comunidad autónoma de Cataluña que se han producido hasta la fecha.
Segundo
Condiciones de participación
Pueden participar en la convocatoria todos aquellos notarios que, con independencia del lugar donde radique la notaría donde estén sirviendo, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del mencionado texto legal.
Tercero
Acreditación de la lengua catalana
Con el fin de dar cumplimiento a lo que disponen los artículos 33 y 147 del Estatuto de autonomía de Cataluña y el artículo 14.5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, los participantes en el concurso deberán acreditar que el despacho de la notaría vacante a la que aspiren estará en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales, así como contar con personal que tenga conocimiento adecuado y suficiente para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.
A tal efecto, la acreditación de conocimiento de catalán se debe efectuar en el momento de presentación de la solicitud de participación en el concurso, y se puede llevar a cabo por cualquiera de los medios siguientes:
Disponer la persona participante del nivel de lengua catalana correspondiente al certificado B o C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación en el concurso con testimonio notarial o fotocopia compulsada de la certificación acreditativa.
Declaración jurada o promesa formal de que la persona participante se compromete a disponer de personal contratado con la categoría profesional de oficial jurídico que disponga del certificado de nivel C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se tendrá que acompañar la solicitud de participación con la declaración jurada o la promesa formal.
Los participantes pueden consultar la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, a través de la web de Internet: http://www6.gencat.net/llengcat/certific/equiv.htm.
Cuarto
Modelos y plazos de presentación de solicitudes
De acuerdo con el artículo 94 del Reglamento notarial, los notarios podrán solicitar las notarías vacantes que pretendan en una única solicitud dirigida a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, en la cual deberán indicar el orden de preferencia si solicitan más de una, aunque correspondan a turnos diferentes.
La solicitud puede presentarse tanto en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña como en los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los titulares de notarías radicadas fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegrama que tendrá que contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada la solicitud, ningún concursante no la podrá ampliar, disminuir o modificar.
Las solicitudes se tienen que ajustar al modelo publicado como anexo II y II/1 a la presente Resolución, que estará disponible en la web http://www20.gencat.cat/portal/site/Justicia y tienen que reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.
Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Quinto
Resolución
La Resolución de la provisión de vacantes se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. La Resolución de nombramiento de los notarios que tengan que ocupar las plazas se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 7 de febrero de 2008
José Pascual Ortuño Muñoz
Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas
Anexo I
Notaría | Motivo de la vacante | Distrito |
Notarías de primera clase | ||
Antigüedad en la carrera | ||
1. L' Hospitalet de Llobregat | desierta en concurso precedente | L'Hospitalet de Llobregat |
2. Barcelona | por excedencia del Sr. Álvaro Romero García | Barcelona |
3. Barcelona | traslado del Sr. José Luís Gómez Díez | Barcelona |
4. Girona | traslado del Sr. Alfonso Carbonell Aguilar | Girona |
5. Mataró | traslado de la Sra. M. del Pilar Berral Casas | Mataró |
6. Barcelona | traslado del Sr. Juan Ramón Ortega Vidal | Barcelona |
7. L'Hospitalet de Llobregat | traslado del Sr. Enrique Aldaz Riera | L'Hospitalet de Llobregat |
8. Lleida | traslado del Sr. José Manuel Martínez Sánchez | Lleida |
9. Barcelona | jubilación del Sr. Gonzalo Hernández Valdeolmillos | Barcelona |
10. Lleida | jubilación del Sr. Francisco Comellas Martínez | Lleida |
11. Barcelona | traslado del Sr. Andrés Antonio Sexto Presas | Barcelona |
12. Reus | traslado del Sr. Carlos Huidobro y Arreba | Reus |
13. Tarragona | traslado del Sr. Ramón Luís Aparicio Núñez | Tarragona |
Antigüedad en la clase | ||
14. Girona | desierta en concurso precedente | Girona |
15. Barcelona | traslado del Sr. José Gabriel Calvo Martínez | Barcelona |
16. Lleida | traslado del Sr. Antonio Chaves Rivas | Lleida |
17. Barcelona-Sant Andreu | traslado del Sr. Antonio Beltrán García | Barcelona |
18. Lleida | traslado del Sr. Rafael de la Fuente García | Lleida |
19. L'Hospitalet de Llobregat | traslado del Sr. Francisco Javier Company Rodríguez-Monte | L'Hospitalet de Llobregat |
Notarías de segunda clase | ||
Antigüedad en la carrera | ||
20. Sant Joan Despí | desierta en concurso precedente | Sant Feliu de Llobregat |
21. Martorell | por jubilación del Sr. Antonio Buitron Crespo | Sant Feliu de Llobregat |
22. Cambrils | traslado de la Sra. Eva M. Corbal San Adrián | Reus |
23. Esplugues de Llobregat | traslado del Sr. Carlos Masia Martí | Sant Feliu de Llobregat |
24. Igualada | traslado del Sr. Sebastián Gutiérrez Gañán | Igualada |
25. Palafrugell | traslado del Sr. Juan Antonio Noguera Vélez | La Bisbal d'Empordà |
26. Salou | traslado del Sr. Jesús Alfredo Fernández Reyes Luis | Tarragona |
27. Santa Perpètua de Mogoda | traslado de la Sra. Josefa Querol Martín | Sabadell |
28. Vilanova i la Geltrú | traslado del Sr. Jorge Antonio Milz Ramón | Vilanova i la Geltrú |
29. Manlleu | traslado del Sr. Álvaro Fernández Piera | Vic |
30. Molins de Rei | traslado del Sr. Rafael Martínez Die | Sant Feliu de Llobregat |
31. Pineda de Mar | traslado de la Sra. Blanca Consuelo | |
Valenzuela Fernández | Arenys de Mar | |
Antigüedad en la clase | ||
32. Castellar del Vallès | desierta en concurso precedente | Sabadell |
33. Cerdanyola del Vallès | desierta en concurso precedente | Sabadell |
34. Mollet del Vallès | desierta en concurso precedente | Granollers |
35. Amposta | traslado del Sr. Jorge Sos Ansuategui | Tortosa |
36. Cambrils | traslado del Sr. Rafael Martínez Olivera | Reus |
37. Olesa de Montserrat | traslado de la Sra. Macarena Riquelme Sánchez de la Viña | Terrassa |
38. Rubí | traslado del Sr. Jaime de Motta García España | Terrassa |
39. Sant Andreu de la Barca | traslado del Sr. Francisco de Paula Polo Orti | Sant Feliu de Llobregat |
40. El Vendrell | traslado del Sr. Félix Mestre Portabella | El Vendrell |
41. Gavà | trallado del Sr. Adolfo Carlos del Río Herrera | Sant Boi de Llobregat |
Notarías de tercera clase | ||
Antigüedad en la carrera | ||
42. Badia del Vallès | desierta en concurso precedente | Sabadell |
43. La Bisbal d'Empordà | desierta en concurso precedente | La Bisbal d'Empordà |
44. Cabrils | desierta en concurso precedente | Mataró |
45. Calaf | desierta en concurso precedente | Igualada |
46. Flix | desierta en concurso precedente | Tortosa |
47. La Garriga | desierta en concurso precedente | Granollers |
48. Guissona | desierta en concurso precedente | Cervera |
49. Montornès del Vallès | desierta en concurso precedente | Granollers |
50. Pallejà | desierta en concurso precedente | Sant Feliu de Llobregat |
51. Parets del Vallès | desierta en concurso precedente | Granollers |
52. Ponts | desierta en concurso precedente | Balaguer |
53. Santa Coloma de Queralt | desierta en concurso precedente | Valls |
54. Vallirana | desierta en concurso precedente | Sant Feliu de Llobregat |
55. Roda de Barà | traslado de la Sra. Marta Palacios Rubio | El Vendrell |
56. Almacelles | traslado del Sr. Joaquin Vicente Calvo Saavedra | Lleida |
57. Capellades | traslado del Sr. Sergio García Rosado Cutillas | Igualada |
58. Malgrat de Mar | traslado de la Sra. Carmen García Ortiz | Arenys de Mar |
59. Montgat | traslado del Sr. Emilio Robles Caramazana | Mataró |
60. Sant Vicenç de Castellet | traslado de la Sra. M. Isabel Rico Martínez | Manresa |
61. Torelló | traslado de la Sra. Patrícia del Río Fernández | Vic |
62. Gandesa | traslado del Sr. Pedro Antonio González Culebras | Tortosa |
63. Santa Margarida | ||
i els Monjos | traslado del Sr. Santiago Madridejos Fernández | Vilafranca del Penedès |
64. Berga | por excedencia de la Sra. M. Isabel Gil Pérez-Carro | Berga |
65. Arenys de Munt | traslado del Sr. Rafael Francisco Mestre Gómez | Arenys de Mar |
66. Balaguer | traslado de la Sra. Beatriz Azpitarte Melero | Balaguer |
67. Caldes d'Estrac | traslado del Sr. José Vicente Blasco Arnandis | Mataró |
68. Falset | traslado de la Sra. Ana M. Carrión Abedul | Reus |
69. Prats de Lluçanès | traslado del Sr. César Sanz Pérez | Berga |
70. Sant Carles de la Ràpita | traslado del Sr. Luis Miguel Serrano Deusa | Tortosa |
Antigüedad en la clase | ||
71. L'Arboç | desierta en concurso precedente | El Vendrell |
72. Besalú | desierta en concurso precedente | |
73. Caldes de Montbui | desierta en concurso precedente | Granollers |
74. Camprodon | desierta en concurso precedente | Puigcerdà |
75. Cardedeu | desierta en concurso precedente | Granollers |
76. Constantí | desierta en concurso precedente | Tarragona |
77. La Pobla de Segur | desierta en concurso precedente | Tremp |
78. El Pont de Suert | desierta en concurso precedente | Tremp |
79. La Seu d'Urgell | desierta en concurso precedente | La Seu d'Urgell |
80. Torroella de Montgrí-L'Estartit | desierta en concurso precedente | La Bisbal d'Empordà |
81. Xerta | desierta en concurso precedente | Tortosa |
82. Tremp | traslado de la Sra. Irene Carreño Martín | Tremp |
83. Santa Bàrbara | traslado de la Sra. Nativitat Mayol Contreras | Tortosa |
84. Cardona | traslado de la Sra. Isabel Molinos Gil | Berga |
85. Corbera de Llobregat | traslado del Sr. Lluís Gasch Cabot | Sant Feliu de Llobregat |
86. Deltebre | traslado del Sr. José Luís Bellot Sempere | Tortosa |
87. Malgrat de Mar | traslado del Sr. Vicente Caselles Huertas | Arenys de Mar |
88. Ripoll | traslado del Sr. Juan Luis Millet Sancho | Puigcerdà |
89. Santpedor | traslado del Sr. Ángel María Doblado Romo | Manresa |
90. Vilanova del Camí | traslado del Sr. Francisco Manuel Martínez Torregrosa | Igualada |
91. Móra d'Ebre | traslado del Sr. José Pablo Iracheta Undagoitia | Reus |
92. L'Espluga de Francolí | traslado del Sr. Salvador Vidal Fernández | Valls |
Anexo II - Anexo II/1
(Véase anexo en el documento PDF)
Instrucciones para rellenar la solicitud de participación en el concurso
.1 Este impreso se debe llenar preferentemente a máquina. Si se hace a mano, se debe utilizar letras mayúsculas.
.2 Las fechas se deben consignar con el formato siguiente: aa/bb/cc.
.3 .Fecha de nombramiento.: hace referencia a la fecha de ingreso a la carrera.
.4 en Caso de excedencia en cualquier otro cuerpo diferente al de notarios, hay que hacerlo constar en el apartado correspondiente, así como la fecha de cese.
.5 En el apartado .Notaría que se solicita. (Anexo II/1), sólo hay que indicar el nombre de la notaría, sin incluir el motivo por el que quedó vacante.