La Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón, dictada según lo previsto por la Disposición adicional segunda de la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, procedió a denominar y describir territorialmente el territorio de las 33 comarcas que debían crearse en Aragón como decisión autonómica específica en relación a su organización territorial propia y con fundamento último en lo previsto en el art. 5 del Estatuto de Autonomía de Aragón. Con posterioridad a la Ley 8/1996, algunas leyes de creación de comarcas llevaron a cabo distintas modificaciones de lo previsto en dicho texto con lo que el papel unificador y sistematizador que representó en su origen la Ley 8/1996, fue perdiendo poco a poco consistencia. El papel decisivo de las leyes de creación comarcal en este ámbito vino fundamentado en el art. 3 de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de medidas de comarcalización, que diferió a las leyes de creación de cada comarca su denominación y delimitación territorial, advirtiendo expresamente, que de esta forma se entendería modificada, en su caso, la denominación y descripción territorial presente en la Ley 8/1996.
Pero el papel fundamental desde muchos puntos de vista y, entre ellos, el de la seguridad jurídica que pueden tener leyes auténticamente basilares, sobre las cuáles se sustente un conjunto normativo ordenador de distintos sectores del ordenamiento jurídico, no se ha perdido de vista en ningún momento. El legislador ha tenido ocasión de recordarlo con la promulgación de la Ley 3/2006, de 8 de junio, de modificación de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización, cuya Disposición final primera contiene dos previsiones para dictar textos refundidos en materia de comarcalización y, en concreto, su apartado primero ordena al Gobierno de Aragón que en el plazo de seis meses apruebe un decreto legislativo mediante el que se proceda a la refundición de «la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón, con los preceptos de las leyes de creación de las diversas comarcas que se refieran a la estructura territorial de cada una de ellas».
Este es, pues, el objeto del texto refundido aprobado por este decreto legislativo mediante el que, cumpliendo el mandato de las Cortes de Aragón, se ofrece una visión sistemática del conjunto de las comarcas aragonesas tal y como resulta, finalmente, de las distintas leyes de creación y teniendo en cuenta que sólo falta la iniciativa para la creación de una de ellas, la de Zaragoza, lo que se ha reflejado en el anexo del Texto refundido con la expresión «Delimitación Comarcal de Zaragoza» frente a las 32 restantes en las que, propiamente, se utiliza la expresión «Comarca de...» seguida de la correspondiente denominación. Debe
advertirse que se han suprimido en la configuración del texto refundido aquellas disposiciones de la Ley 8/1996, que resultan sobrepasadas por la aplicación de lo previsto en ella y en la misma legislación de comarcalización, pues tal y como dispone el apartado 3 de la Disposición final primera, de la Ley 3/2006, el encargo de refundición incluirá la armonización de los textos legales «atendida la evolución del proceso de comarcalización», así como la sistematización y ordenación de sus artículos y la actualización de las remisiones entre ellos.
La competencia del Gobierno de Aragón para la emisión del Texto Refundido se apoya en lo previsto en el artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía de Aragón, teniendo en cuenta su remisión expresa a los artículos 82 y siguientes de la Constitución Española y la regulación material del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio.
Por todo ello, en virtud de la autorización de las Cortes de Aragón, a propuesta del Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Relaciones Institucionales, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 27 de diciembre de 2006,
DISPONGO:
Artículo único.-Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Delimitación Comarcal de Aragón.
De conformidad con lo establecido en la Disposición final primera 1, de la Ley 3/2006, de 8 de junio, de modificación de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización, se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Delimitación Comarcal de Aragón que se incorpora como anexo.
Disposición adicional única- Referencias normativas.
Todas las referencias que se contengan en disposiciones legales y reglamentarias a la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón, se entenderán hechas al Texto Refundido de la Ley de Delimitación Comarcal de Aragón.
Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado artículo, se entenderán sustituidas por la numeración que corresponda a dicho artículo en el Texto refundido.
Disposición derogatoria.
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este decreto legislativo y, en particular, la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón.
2. Permanecen vigentes los preceptos de las distintas leyes de creación de comarcas que contienen la delimitación comarcal en cuanto lo previsto en ellas sobre delimitación y denominación de comarcas es enteramente congruente con la descripción establecida en la Ley que se refunde a través de este Decreto Legislativo.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
Este decreto legislativo y el texto refundido que por él se aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, a 27 de diciembre de 2006.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales JOSE ANGEL BIEL RIVERA
ANEXO TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE DELIMITACION COMARCAL DE ARAGON
Artículo 1.-Denominación y delimitación.
La denominación y delimitación de las Comarcas aragonesas, así como los municipios que integran cada una de ellas, son los que se detallan en el anexo del presente Texto refundido.
Artículo 2.-Iniciativa comarcal
El ejercicio de la iniciativa comarcal deberá tener como base las delimitaciones comarcales detalladas en el anexo, que tienen carácter mínimo.
Artículo 3.-Modificación de las delimitaciones comarcales.
1. Cualquier modificación de las demarcaciones comarcales deberá hacerse por ley.
2. La iniciativa para la modificación podrá ser impulsada por los municipios o mancomunidades interesadas y por el Gobierno de Aragón.
En cualquier caso, deberá contar con los estudios técnicos correspondientes y someterse a consulta de todas las entidades locales que, sin haber ejercido la iniciativa, pudieran verse afectadas por la modificación propuesta.
Disposición adicional única.-Adaptación de los servicios periféricos de la Administración aragonesa.
1. Los Departamentos de la Administración aragonesa utilizarán como base territorial para sus servicios periféricos las divisiones recogidas en la delimitación comarcal que se contiene en el anexo de este decreto legislativo.
2. Excepcionalmente, cuando en un sector concreto de la acción pública deban atenderse áreas de menor extensión, el conjunto de dos o más subcomarcas deberá coincidir con una de las áreas comarcales que se establecen.
Disposición final.-Desarrollo reglamentario.
Queda autorizado el Gobierno de Aragón a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y cumplimiento de lo establecido en este Texto refundido.
ANEXO
1. Comarca de La Jacetania
Aísa
Ansó
Aragüés del Puerto
Artieda
Bailo
Borau
Canal de Berdún
Canfranc
Castiello de Jaca
Fago
Jaca
Jasa
Mianos
Puente la Reina de Jaca
Salvatierra de Escá
Santa Cilia
Santa Cruz de la Serós
Sigüés
Valle de Hecho
Villanúa
2. Comarca del Alto Gállego
Biescas
Caldearenas
Hoz de Jaca
Panticosa
Sabiñánigo
Sallent de Gállego
Yebra de Basa
Yésero
3. Comarca de Sobrarbe
Abizanda
Aínsa-Sobrarbe/L«Aínsa-Sobrarbe
Bárcabo
Bielsa
Boltaña
Broto
Fanlo
Fiscal
Fueva, La/A Fueba
Gistaín/Chistén
Labuerda/A Buerda
Laspuña
Palo
Plan
Puértolas
Pueyo de Araguás, El/O Pueyo d«Araguás
San Juan de Plan/San Chuan de Plan
Tella-Sin
Torla
4. Comarca de la Ribagorza
Arén/Areny de Noguera.
Benabarre/Benavarri.
Benasque/Benás.
Bisaurri.
Bonansa.
Campo.
Capella.
Castejón de Sos/Castilló de Sos.
Castigaleu.
Chía.
Estopiñán del Castillo/Estopanyá.
Foradada del Toscar.
Graus.
Isábena.
Lascuarre.
Laspaúles/Laspaúls.
Monesma y Cajigar/Monesma i Caixigar.
Montanuy/Montanui.
Perarrúa.
Puebla de Castro, La.
Puente de Montañana/Pont de Montanyana.
Sahún.
Santa Liestra y San Quílez.
Secastilla.
Seira.
Sesué.
Sopeira.
Tolva/Tolba.
Torre La Ribera.
Valle de Bardají.
Valle de Lierp.
Veracruz.
Viacamp y Litera/Viacamp i Lliterˆ.
Villanova/Billanoba.
5. Comarca de Cinco Villas
Ardisa
Asín
Bagüés
Biel
Biota
Castejón de Valdejasa
Castiliscar
Ejea de los Caballeros
Erla
Frago, El
Isuerre
Layana
Lobera de Onsella
Longás
Luesia
Luna
Marracos
Navardún
Orés
Pedrosas, Las
Piedratajada
Pintanos, Los
Puendeluna
Sádaba
Sierra de Luna
Sos del Rey Católico
Tauste
Uncastillo
Undués de Lerda
Urriés
Valpalmas
6. Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca
Agüero
Albero Alto
Alcalá de Gurrea
Alcalá del Obispo/Alcalá d«o Bispe
Alerre
Almudévar/Almudébar
Angüés
Antillón
Argavieso
Arguis
Ayerbe
Banastás/Banastars
Biscarrués
Blecua y Torres
Casbas de Huesca/Casbas de Uesca
Chimillas
Gurrea de Gállego
Huesca/Uesca
Ibieca
Igriés
Loarre/Lobarre
Loporzano
Loscorrales/Os Corrals
Lupiñén-Ortilla
Monflorite-Lascasas
Murillo de Gállego/Morillo de Galligo
Novales
Nueno
Peñas de Riglos, Las
Pertusa
Piracés
Quicena
Salillas
Santa Eulalia de Gállego/Santolaria de Galligo
Sesa
Siétamo/Sietemo
Sotonera, La
Tierz
Tramaced
Vicién/Bizién
7. Comarca de Somontano de Barbastro
Abiego
Adahuesca
Alquézar
Azara
Azlor
Barbastro
Barbuñales
Berbegal
Bierge
Castejón del Puente
Castillazuelo
Colungo
Estada
Estadilla
Grado, El
Hoz y Costeán
Ilche
Laluenga
Laperdiguera
Lascellas-Ponzano
Naval
Olvena
Peralta de Alcofea
Peraltilla
Pozán de Vero
Salas Altas
Salas Bajas
Santa María de Dulcis
Torres de Alcanadre
8. Comarca del Cinca Medio
Albalate de Cinca
Alcolea de Cinca
Alfántega
Almunia de San Juan
Binaced
Fonz
Monzón
Pueyo de Santa Cruz
San Miguel del Cinca
9. Comarca de La Litera/La Llitera
Albelda
Alcampell/el Campell
Altorricón/el Torricó
Azanúy-Alins
Baélls
Baldellou/Valdellou
Binéfar
Camporrélls
Castillonroy/Castellonroi
Esplús
Peralta de Calasanz
San Esteban de Litera
Tamarite de Litera/Tamarit de Llitera
Vencillón/Vensilló
10. Comarca de los Monegros
Albalatillo
Albero Bajo
Alberuela del Tubo
Alcubierre
Almolda, La
Almuniente
Barbués
Bujaraloz
Capdesaso
Castejón de Monegros
Castelflorite
Farlete
Grañén
Huerto
Lalueza
Lanaja
Leciñena
Monegrillo
Peñalba
Perdiguera
Poleñino
Robres
Sangarrén
Sariñena
Sena
Senés de Alcubierre
Tardienta
Torralba de Aragón
Torres de Barbués
Valfarta
Villanueva de Sijena
11. Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca
Ballobar
Belver de Cinca
Candasnos
Chalamera
Fraga
Mequinenza/Mequinensa
Ontiñena
Osso de Cinca
Torrente de Cinca/Torrent de Cinca
Velilla de Cinca/Villella de Cinca
Zaidín/Saidí
12. Comarca de Tarazona y el Moncayo
Alcalá de Moncayo
Añón de Moncayo
Buste, El
Fayos, Los
Grisel
Litago
Lituénigo
Malón
Novallas
San Martín de la Virgen del Moncayo
Santa Cruz de Moncayo
Tarazona
Torrellas
Trasmoz
Vera de Moncayo
Vierlas
13. Comarca de Campo de Borja
Agón
Ainzón
Alberite de San Juan
Albeta
Ambel
Bisimbre
Borja
Bulbuente
Bureta
Fréscano
Fuendejalón
Magallón
Maleján
Mallén
Novillas
Pozuelo de Aragón
Tabuenca
Talamantes
14. Comarca del Aranda
Aranda de Moncayo
Brea de Aragón
Calcena
Gotor
Illueca
Jarque
Mesones de Isuela
Oseja
Pomer
Purujosa
Sestrica
Tierga
Trasobares
15. Comarca de la Ribera Alta del Ebro
Alagón
Alcalá de Ebro
Bárboles
Boquiñeni
Cabañas de Ebro
Figueruelas
Gallur
Grisén
Joyosa, La
Luceni
Pedrola
Pinseque
Pleitas
Pradilla de Ebro
Remolinos
Sobradiel
Torres de Berrellén
16. Comarca de Valdejalón
Almonacid de la Sierra
Almunia de Doña Godina, La
Alpartir
Bardallur
Calatorao
Chodes
Epila
Lucena de Jalón
Lumpiaque
Morata de Jalón
Muela, La
Plasencia de Jalón
Ricla
Rueda de Jalón
Salillas de Jalón
Santa Cruz de Grío
Urrea de Jalón
17. Delimitación Comarcal de Zaragoza
Alfajarín
Botorrita
Burgo de Ebro, El
Cadrete
Cuarte de Huerva
Fuentes de Ebro
Jaulín
María de Huerva
Mediana de Aragón
Mozota
Nuez de Ebro
Osera de Ebro
Pastriz
Puebla de Alfindén, La
San Mateo de Gállego
Utebo
Villafranca de Ebro
Villanueva de Gállego
Zaragoza
Zuera
18. Comarca de la Ribera Baja del Ebro
Alborge
Alforque
Cinco Olivas
Escatrón
Gelsa
Pina de Ebro
Quinto
Sástago
Velilla de Ebro
Zaida, La
19. Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp
Caspe
Chiprana
Fabara/Favara
Fayón/Faió
Maella
Nonaspe/Nonasp
20. Comarca de la Comunidad de Calatayud
Abanto
Alarba
Alconchel de Ariza
Alhama de Aragón
Aniñón
Arándiga
Ariza
Ateca
Belmonte de Gracián
Berdejo
Bijuesca
Bordalba
Bubierca
Cabolafuente
Calatayud
Calmarza
Campillo de Aragón
Carenas
Castejón de Alarba
Castejón de las Armas
Cervera de la Cañada
Cetina
Cimballa
Clarés de Ribota
Codos
Contamina
Embid de Ariza
Frasno, El
Fuentes de Jiloca
Godojos
Ibdes
Jaraba
Malanquilla
Maluenda
Mara
Miedes de Aragón
Monreal de Ariza
Monterde
Montón
Morata de Jiloca
Morés
Moros
Munébrega
Nigüella
Nuévalos
Olvés
Orera
Paracuellos de la Ribera
Paracuellos de Jiloca
Pozuel de Ariza
Ruesca
Saviñán
Sediles
Sisamón
Terrer
Tobed
Torralba de Ribota
Torrehermosa
Torrelapaja
Torrijo
Valtorres
Velilla de Jiloca
Villafeliche
Villalba de Perejil
Villalengua
Villarroya de la Sierra
Vilueña, La
21. Comarca de Campo de Cariñena
Aguarón
Aguilón
Aladrén
Alfamén
Cariñena
Cosuenda
Encinacorba
Longares
Mezalocha
Muel
Paniza
Tosos
Villanueva de Huerva
Vistabella
22. Comarca de Campo de Belchite
Almonacid de la Cuba
Almochuel
Azuara
Belchite
Codo
Fuendetodos
Lagata
Lécera
Letux
Moneva
Moyuela
Plenas
Puebla de Albortón, La
Samper de Salz
Valmadrid
23. Comarca del Bajo Martín
Albalate del Arzobispo
Azaila
Castelnou
Híjar
Jatiel
Puebla de Híjar, La
Samper de Calanda
Urrea de Gaén
Vinaceite
24. Comarca de Campo de Daroca
Acered
Aldehuela de Liestos
Anento
Atea
Badules
Balconchán
Berrueco
Cerveruela
Cubel
Cuerlas, Las
Daroca
Fombuena
Gallocanta
Herrera de los Navarros
Langa del Castillo
Lechón
Luesma
Mainar
Manchones
Murero
Nombrevilla
Orcajo
Retascón
Romanos
Santed
Torralba de los Frailes
Torralbilla
Used
Val de San Martín
Valdehorna
Villadoz
Villanueva de Jiloca
Villar de los Navarros
Villarreal de Huerva
Villarroya del Campo
25. Comarca del Jiloca
Allueva
Bádenas
Báguena
Bañón
Barrachina
Bea
Bello
Blancas
Bueña
Burbáguena
Calamocha
Caminreal
Castejón de Tornos
Cosa
Cucalón
Ferreruela de Huerva
Fonfría
Fuentes Claras
Lagueruela
Lanzuela
Loscos
Monforte de Moyuela
Monreal del Campo
Nogueras
Odón
Ojos Negros
Peracense
Pozuel del Campo
Rubielos de la Cérida
San Martín del Río
Santa Cruz de Nogueras
Singra
Tornos
Torralba de los Sisones
Torre los Negros
Torrecilla del Rebollar
Torrijo del Campo
Villafranca del Campo
Villahermosa del Campo
Villar del Salz
26. Comarca de Cuencas Mineras
Alcaine
Aliaga
Anadón
Blesa
Cañizar del Olivar
Castel de Cabra
Cortes de Aragón
Cuevas de Almudén
Escucha
Fuenferrada
Hinojosa de Jarque
Hoz de la Vieja, La
Huesa del Común
Jarque de la Val
Josa
Maicas
Martín del Río
Mezquita de Jarque
Montalbán
Muniesa
Obón
Palomar de Arroyos
Plou
Salcedillo
Segura de Baños
Torre de las Arcas
Utrillas
Villanueva del Rebollar de la Sierra
Vivel del Río Martín
Zoma, La
27. Comarca de Andorra-Sierra de Arcos
Alacón
Alloza
Andorra
Ariño
Crivillén
Ejulve
Estercuel
Gargallo
Oliete
28. Comarca del Bajo Aragón
Aguaviva/Aiguaviva de Bergantes
Alcañiz
Alcorisa
Belmonte de San José/Bellmunt de Mesquí
Berge
Calanda
Cañada de Verich, La/Canyada de Beric, la
Castelserás
Cerollera, La
Codoñera, La/Codonyera, la
Foz-Calanda
Ginebrosa, La/Ginebrosa, la
Mas de las Matas
Mata de los Olmos, La
Olmos, Los
Parras de Castellote, Las
Seno
Torrecilla de Alcañiz
Torrevelilla/Torre de Vilella
Valdealgorfa
29. Comarca de la Comunidad de Teruel
Ababuj
Aguatón
Aguilar de Alfambra
Alba
Alfambra
Almohaja
Alobras
Alpeñés
Argente
Camañas
Camarillas
Cañada Vellida
Cascante del Río
Cedrillas
Celadas
Cella
Corbalán
Cubla
Cuervo, El
Cuevas Labradas
Escorihuela
Fuentes Calientes
Galve
Jorcas
Libros
Lidón
Monteagudo del Castillo
Orrios
Pancrudo
Peralejos
Perales del Alfambra
Pobo, El
Rillo
Riodeva
Santa Eulalia
Teruel
Tormón
Torrelacárcel
Torremocha de Jiloca
Tramacastiel
Valacloche
Veguillas de la Sierra
Villarquemado
Villastar
Villel
Visiedo
30. Comarca de Maestrazgo
Allepuz
Bordón
Cantavieja
Cañada de Benatanduz
Castellote
Cuba, La
Fortanete
Iglesuela del Cid, La
Mirambel
Miravete de la Sierra
Molinos
Pitarque
Tronchón
Villarluengo
Villarroya de los Pinares.
31. Comarca de la Sierra de Albarracín
Albarracín
Bezas
Bronchales
Calomarde
Frías de Albarracín
Gea de Albarracín
Griegos
Guadalaviar
Jabaloyas
Monterde de Albarracín
Moscardón
Noguera de Albarracín
Orihuela del Tremedal
Pozondón
Ródenas
Royuela
Rubiales
Saldón
Terriente
Toril y Masegoso
Torres de Albarracín
Tramacastilla
Valdecuenca
Vallecillo, El
Villar del Cobo
32. Comarca de Gúdar-Javalambre
Abejuela
Albentosa
Alcalá de la Selva
Arcos de las Salinas
Cabra de Mora
Camarena de la Sierra
Castellar, El
Formiche Alto
Fuentes de Rubielos
Gúdar
Linares de Mora
Manzanera
Mora de Rubielos
Mosqueruela
Nogueruelas
Olba
Puebla de Valverde, La
Puertomingalvo
Rubielos de Mora
San Agustín
Sarrión
Torrijas
Valbona
Valdelinares
33. Comarca del Matarraña/Matarranya
Arens de Lledó/Arenys de Lledó
Beceite/Beseit
Calaceite/Calaceit
Cretas/Queretes
Fórnoles/Fórnols
Fresneda, La/Freixneda, La
Fuentespalda/Fontdespatla
Lledó
Mazaleón/Massalió
Monroyo/Montroig
Peñarroya de Tastavíns/Pena-roja de Tastavins
Portellada, La
Ráfales/Ráfels
Torre de Arcas/Torredarques
Torre del Compte/Torre del Comte, La
Valdeltormo/La Vall del Tormo
Valderrobres/Vall de Roures
Valjunquera/Valljunquera