El registrador suspende la inscripción solicitada porque, según expresa en su calificación, el domicilio del anterior administrador mancomunado compareciente no coincide con el que consta inscrito en el Registro. Tal circunstancia no puede impedir una inscripción como la solicitada en el presente caso, relativa al nombramiento de un administrador y cambio de objeto social, en la cual no ha de hacerse constar -respecto del otro administrador que eleva a público tales acuerdos- ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 38 del Reglamento del Registro Mercantil.

Date: 
Thursday, 2 June, 2016