El presente recurso tiene como objeto la calificación de un mandamiento judicial que ordena la inscripción de una sentencia dictada en procedimiento declarativo y en cuyo fallo se dice que se estima la demanda formulada contra don M. E. C., hoy sus herederos, y doña E. G. G., declarando que la propiedad de la finca registral 1.612 pertenece a los demandantes para su sociedad conyugal "en virtud de contrato de compra suscrito en fecha 6 de mayo de 1975, rectificándose la discordancia registral ordenando la reanudación del tracto sucesivo, con inscripción del inmueble a nombre de los demandantes con rectificación del asiento vigente o cancelando cualquier otro de distinta titularidad".
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Móstoles n.º 1 a inscribir el testimonio de una sentencia dictada en un procedimiento ordinario.