En el supuesto de este expediente, la testadora declara que prelega a su hermana, con facultad de tomas posesión por sí misma, "la plena propiedad de la finca situada en Matadepera (Barcelona), con salidas (…) y la calle (…)". Y, según la escritura de herencia, tales fincas se corresponden con las fincas registrales 191 y 112, respectivamente.
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Terrassa n.º 5, a inscribir una escritura de adición de herencia.