No están sujetos a reparto entre los Notarios de la localidad los documentos que otorguen las Compañías de Seguros
Entidades sujetas a turno - Doctrina general
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LegislaciónNo están sujetos a reparto entre los Notarios de la localidad los documentos que otorguen las Compañías de SegurosEntidades sujetas a turno - Doctrina general La única cuestión de fondo del presente expediente consiste exclusivamente en si procede cancelar por caducidad, después de transcurrido el plazo de seis meses a que se refiere el artículo 81 de la Ley General Tributaria sin que conste registralmente la prórroga por otros seis meses más, pero antes del plazo general de cuatro años, una anotación preventiva de embargo cautelar a favor de la Agencia Tributaria, si mediante instancia del titular registral se solicita dicha cancelación por caducidad, al amparo de los artículos 86 de la Ley Hipotecaria y 206.13.º de su Reglamento de desarrollo. Para la cancelación anterior al transcurso de dicho plazo, deben observarse las formalidades adecuadas para el acto cancelatorio (cfr. artículo 83 de la Ley Hipotecaria), de manera que se acredite el hecho y la causa de la cancelación (cfr., respecto del pago o el acuerdo de extinción de la deuda por cualquier otra causa, el artículo 173 de la Ley General Tributaria).Resolución de 22 de abril de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27 a cancelar una anotación preventiva de embargo cautelar. Sujetos a reparto las Compañías concesionarias en España de la construcción y explotación de ferrocarrilesEntidades sujetas a turno - Compañías concesionarias de ferrocarriles LEY 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente LEY Preámbulo 1. Significado y situación de la lengua catalana LLEI 2/2000, de 4 de maig, del Consell de l’Audiovisual de Catalunya
El President de la Generalitat de Catalunya Sia notori a tots els ciutadans que el Parlament de Catalunya ha aprovat i jo, en nom del Rei i d’acord amb el que estableix l’article 33.2 de l’Estatut d’autonomia de Catalunya, promulgo la següent ORDRE de 20 de desembre de 2000, per la qual s’estableix i es regula la declaració única de conreus.
Els reglaments (CEE) 3508/92 i 3887/92 van establir un sistema integrat de gestió i control relatiu a determinats ajuts comunitaris fonamentat en la superfície com a referència de l’ajut. L’esmentat sistema té com a objectiu principal establir un mecanisme que faciliti aquestes funcions a les administracions públiques competents en la concessió i el control dels ajuts que provenen de fons comunitaris. Pages |