Date:
Friday, 20 October, 2017
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Subyace una disputa entre la titularidad de la referida catastral y su identificación con las respectivas fincas registrales como resulta así mismo del escrito de recurso, donde se realizan una serie de consideraciones que afectan tanto a las modificaciones catastrales anteriormente efectuadas, como a asientos registrales ya practicados que no pueden ser objeto de recurso y se encuentran bajo la salvaguardia de los tribunales (cfr. artículos 1.3.º y 326 de la Ley Hipotecaria). Todo ello sin perjuicio, de que puesto que la incorporación de la certificación catastral descriptiva y gráfica se deniega por la posible invasión de una finca colindante inmatriculada, el promotor del expediente pueda instar el deslinde conforme al artículo 200 de la Ley Hipotecaria, a que se remite el citado artículo 199, o que pueda interponer en su caso demanda en procedimiento declarativo que determine la propiedad de la superficie disputada, así como instar, en su caso, la consiguiente rectificación registral. |