Se presentó en el Registro de Bienes Muebles decreto de adjudicación de un vehículo en favor del ejecutante que tenía practicada anotación preventiva de embargo a su favor en procedimiento de ejecución de títulos judiciales. Calificado negativamente, se interpuso contra dicha calificación negativa recurso ante esta Dirección General, quedando en consecuencia en suspenso el plazo del asiento de presentación hasta la resolución del recurso. El recurso no puede ser estimado. Dada la vigencia del asiento de presentación anterior al del documento cuya calificación ha motivado el recurso, lo procedente es aplazar o suspender la calificación de dicho documento mientras no se despachen los títulos previamente presentados, como resulta implícitamente de lo dispuesto en los artículos 111, párrafo tercero, y 432.2.º del Reglamento Hipotecario al regular las prórrogas del asiento de presentación.

Date: 
Thursday, 29 October, 2015