Resolución de 18 de mayo de 2011, de la Consejería de Industria y Empleo, sobre depósito de la modificación de los estatutos de la asociación denominada “Asociación Patronal de Notarios del Colegio de Asturias”. Depósito número 33/0337.

Examinada la solicitud para el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación denominada “Asociación Patronal de Notarios del Colegio de Asturias” de la que resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.—El día 18/05/2011 se depositó en la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Oviedo Certificación/Acta del acuerdo por el que se modifican los estatutos de la asociación denominada “Asociación Patronal de Notarios del Colegio de Asturias” (depósito número 33/0337).

Segundo.—El acuerdo, por el que se aprueba la modificación del nombre de la asociación, fue adoptado por la Asamblea General celebrada el día 26/04/2011.

Tercero.—El Acta de la Asamblea General en la que se adoptó el citado acuerdo está suscrita por Fernando Sánchez de Lamadrid Sicre y José Luis Rodríguez García Robés.

Fundamentos de derecho

Primero.—Esta Consejería es competente para el conocimiento del presente expediente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica del Principado de Asturias 7/81, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, que establece que corresponde al Principado de Asturias la ejecución de la legislación del Estado en materia de asociaciones en relación con el Decreto 103/2007, de 25 de julio, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Industria y Empleo.

Segundo.—El órgano competente para resolver este expediente es el Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo en virtud de delegación efectuada por la Resolución de 3 de septiembre de 2007, de la Consejería de Industria y Empleo (BOPA 17 de septiembre de 2007), por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo.

Tercero.—En virtud de lo previsto en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en las disposiciones concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical y el Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977 reguladora del derecho de asociación sindical, se comprueba por la Oficina Pública que el presente expediente reúne los requisitos en ellas establecidos.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Admitir el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación denominada “Asociación Patronal de Notarios del Colegio de Asturias” (depósito número 33/0337).

Segundo.—Ordenar la inserción de la presente Resolución en el tablón de anuncios de la U.M.A.C. de Oviedo (calle Cabo Noval, 11, bajo), a fin de dar publicidad al depósito efectuado.

Tercero.—La presente resolución podrá ser impugnada, por quien acredite un interés directo, personal y legítimo ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en los artículos 171 a 174 y disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril.

Oviedo, a 18 de mayo de 2011.—El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3 de septiembre de 2007, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 217, de fecha 17 de septiembre de 2007).—Cód. 2011-12161.

Date: 
Wednesday, 22 June, 2011