Los importes exigibles por tasas y precios públicos del Principado de Asturias, se actualizan en cada ejercicio a través del correspondiente instrumento jurídico, a saber, la Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias, o Decreto del Consejo de Gobierno, respectivamente.
La Consejería de Economía y Hacienda, como órgano al que le corresponde la dirección de la administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de la Hacienda del Principado, así como regular la administración y cobro de los precios públicos, ha estimado conveniente publicar una relación de todas las tarifas exigibles para 2011 por los conceptos anteriores. Dicha relación, que tiene meros efectos informativos, se ha elaborado a partir del incremento del uno por ciento que ha sido aprobado para las tasas por el artículo 43 de la Ley del Principado de Asturias 12/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2011, y para los precios públicos, por el Decreto 156/2010, de 29 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija. Se excepcionan de la aplicación de dicho incremento las tasas y precios públicos que son objeto de regulación específica por normas cuya vigencia se extiende al ejercicio 2011.
Por lo expuesto, y en virtud del artículo 5.3 de la Ley 1/1985, de 4 de junio, reguladora de la publicación de las normas, así como de las disposiciones y otros actos de los órganos del Principado de Asturias,
RESUELVO
Hacer públicas, a efectos meramente informativos, las cuantías exigibles por tasas y precios públicos del Principado de Asturias en el ejercicio 2011, recogidas en los anexos de la presente Resolución.
Oviedo, 11 de marzo de 2011.—El Consejero de Economía y Hacienda, Jaime Rabanal García.—Cód. 2011-06307.
Precios públicos