Advertidos errores en la publicación del texto de la Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 255, de 4 de noviembre de 2005), se procede a su rectificación en el siguiente sentido:
Página 19.150, primera columna,
Donde dice: “Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de modificación de la Ley del Principado de Asturias 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro, para adaptarla a disposiciones básicas de las Leyes 44/2002, de 23 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, y 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social”.
Debe decir: “Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Salario Social Básico”.
Lo que se hace público para general conocimiento