El Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, aprobó la creación de nuevas plazas notariales. En consecuencia, en Cataluña se crearon cuarenta y siete notarías.
El artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, aplazó la provisión de algunas de las notarías creadas por periodos de uno, dos y tres años desde la entrada en vigor del Real decreto.
Por la Resolución JUS/1623/2008, de 19 de mayo, se anunció un concurso para la provisión de 91 notarías vacantes en Cataluña, entre las cuales se incluyeron las de Manresa, Blanes y Roquetes, expresamente aplazadas por el plazo de un año en el artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero.
Por la Resolución JUS/1577/2009, de 25 de mayo, se anunció un concurso para la provisión de 99 notarías vacantes en Cataluña, entre las cuales se incluyeron las de Badalona, Sabadell, Gavà, Tordera, Figueres y El Vendrell, expresamente aplazadas por el plazo de dos años en el artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero.
Por la Orden JUS/87/2010, de 16 de febrero, se aplazó la ejecución de la demarcación notarial prevista para el año 2010 en el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.
Por la Orden JUS/586/2010, de 10 de diciembre, se dispuso un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación notarial prevista para el año 2010 en el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.
Por la Orden JUS/374/2011, de 21 de diciembre, se dispuso un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación notarial prevista para el año 2010 en el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.
Considerando que, de acuerdo con el artículo 147.1.c del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Generalidad de Cataluña tiene competencia ejecutiva para establecer las demarcaciones notariales y registrales, incluyendo la determinación de los distritos hipotecarios y de los distritos de competencia territorial de los notarios;
Considerando que las causas que motivaron el aplazamiento de la ejecución de la demarcación notarial por la Orden JUS/374/2011, de 21 de diciembre, han persistido y empeorado durante el año 2012 y que las previsiones que hacen los agentes económicos para 2013 no son positivas y se centran en afirmar que el contexto internacional comporta un deterioro sensible de las expectativas de la economía española –mantenimiento de la desconfianza de las personas consumidoras y empresas y del exceso de oferta inmobiliaria; inestabilidad del sector financiero; caída de los costes laborales unitarios y de la capacidad de incremento de la competitividad exterior, previsión de tasa de paro superior al 24%–, las cuales continúan sin favorecer una recuperación sólida;
Considerando que únicamente falta por proveer en concurso ordinario la notaría demarcada en el municipio de Vilassar de Dalt, de acuerdo con el artículo 9 del Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial;
A propuesta de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas,
Ordeno:
Artículo único
Aplazamiento de la provisión de plazas
Se aplaza hasta diciembre de 2013 la provisión en concurso ordinario de la notaría de Vilassar de Dalt, creada por el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.
Disposición final
Entrada en vigor
Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 19 de diciembre de 2012
M. Pilar Fernández Bozal
Consejera de Justicia