ORDEN ADM/444/2009, de 23 de febrero, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos.



    El artículo 45.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

    La utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León está regulada por el Decreto 40/2005, de 19 de mayo. Dicho Decreto contiene los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsa su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Recientemente, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones y oponerse a las resoluciones y actos administrativos.

    Mediante Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en esta Comunidad, se creó el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través del cual se pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que se realicen por vía telemática, relativos a los procedimientos administrativos y trámites que se especifican en el Anexo de la mencionada Orden, o que en lo sucesivo se incorporen al mismo.

    Existiendo nuevos trámites y procedimientos susceptibles de tramitación telemática es preciso proceder a la modificación del Anexo de la Orden citada.

    En su virtud, esta Consejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

    DISPONE:

    Artículo Único.– Modificación del Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero.

    Modificar el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos, añadiendo el siguiente contenido:

    PROCEDIMIENTO.

    – Ayudas económicas destinadas a arrendatarios de viviendas.

    – Ayudas económicas destinadas a adquirentes de vivienda joven en Castilla y León.

    – Ayudas económicas destinadas a adquirentes de vivienda de precio limitado para familias en Castilla y León.

    – Ayudas económicas dirigidas a financiar el acceso de las viviendas a Internet con banda ancha dentro del programa "Conéctate".

    REGISTRO TELEMÁTICO.

    Presentación de las solicitudes, y de la documentación necesaria.

    Para la presentación de comunicaciones se utilizarán los modelos normalizados disponibles en la página Web «http://www.jcyl.es».

    REQUISITOS TÉCNICOS.

    Para efectuar los trámites susceptibles de realizar ante el registro telemático en este procedimiento, es necesario disponer de un certificado reconocido: Certificado digital de clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, cuyas características y procedimientos de obtención pueden consultarse, en http://www.cert.fnmt.es/clase2/ main.htm.

    Podrán admitirse otros certificados electrónicos, siempre y cuando estén previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

    Disposición final única. Entrada en vigor.

    La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    Valladolid, 23 de febrero de 2009.

    La Consejera

    de Administración Autonómica,

    Fdo.: Isabel Alonso Sánchez

Date: 
Thursday, 5 March, 2009