ORDEN de 22 de noviembre de 2002, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal "Registro de las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral" de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (Dirección General de la Función Pública).



ORDEN de 22 de noviembre de 2002, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal "Registro de las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral" de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (Dirección General de la Función Pública).

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley, serán objeto de aprobación mediante Orden del Consejero respectivo, cuando afecten al ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.

El citado Registro estará constituido por el conjunto de todas las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral cuyo seguimiento corresponde a la Dirección General de Función Pública. Esta finalidad requiere la creación de un fichero automatizado y la regulación de su organización y funcionamiento.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,



DISPONGO



Artículo único

1. Se dispone la creación del fichero automatizado de datos de carácter personal del Registro de las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral, que se regula en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, el mismo se ajusta, en los términos que se establecen en la regularización efectuada en el Anexo citado, a lo previsto en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.



DISPOSICIÓN FINAL



La presente Orden entrará en vigor en un plazo de doce meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de noviembre de 2002.¾El Director General de la Función Pública, Miguel Ángel López González.



ANEXO

FICHERO "REGISTRO DE LAS RECLAMACIONES

PREVIAS A LA VÍA JUDICIAL LABORAL"



1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Función Pública.

2. Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, por parte del afectado: Dirección General de Función Pública.

3. Denominación y descripción del fichero:

a) Denominación: Registro de las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral.

b) Descripción: Inscripciones que reflejan los datos de todos aquellos que interponen reclamaciones previas a la vía judicial laboral.

4. Carácter del fichero: Automatizado.

5. Sistema de informatización al que pertenece: Sistema Ofimático (Paradox).

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

¾ De carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, Reclamaciones relativas a la Seguridad Social.

¾ Datos económico-financieros: Reclamaciones de cantidad.

¾ Datos de circunstancias sociales: Licencias, autorizaciones.

¾ Datosa académicos profesionales: Formación, titulaciones, experiencia profesional.

¾ Datos de detalle del empleo: Puesto de trabajo, categoría, reclamaciones de derechos, reclamación por despido, reclamaciones por adscripciones, reclamaciones por Conflicto Colectivo.

¾ Datos relativos a infracciones administrativas: Reclamaciones por sanciones.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: Gestión administrativa del Registro de las Reclamaciones Previas a la vía judicial laboral.

8. Personas sobre las que se obtienen datos: Las personas titulares de derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos vinculadas por una relación laboral de empleo con la Comunidad de Madrid.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos: Los datos son facilitados por los interesados a través de las distintas Consejerías de la Comunidad de Madrid que gestionan relaciones laborales de empleo con personal vinculado a la misma.

10. Órganos o Entidades destinatarias de las cesiones previstas: Dirección General de Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, en su caso.

11. Nivel y medidas de seguridad: Nivel básico. Las medidas correspondientes a este nivel son las establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Date: 
Monday, 16 December, 2002