La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, regula en su artículo 93.4 la obligación de los profesionales oficiales de colaborar con la Administración Tributaria suministrando toda clase de información con trascendencia tributaria de la que dispongan.
El artículo 40.1 del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, establece la obligación de los Registradores y Registradoras de la Propiedad y Mercantiles con destino en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía de «remitir a la Consejería de Economía y Hacienda, en la primera quincena de cada trimestre, una declaración comprensiva de la relación de los documentos relativos a actos o contratos sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que se presenten a inscripción en los citados registros. Dicha declaración irá referida al trimestre anterior».
El citado artículo 40, en su apartado 2, dispone que «mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda podrá establecerse el formato, condiciones, diseño y demás extremos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones formales a que se refiere el apartado anterior, que podrá consistir en soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática».
En cumplimiento de las determinaciones legales mencionadas, la presentación de las declaraciones se realizará por los Registradores y Registradoras de la Propiedad y Mercantiles con destino en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los Registradores y Registradoras de Bienes Muebles con el mismo destino, por disponer de información con transcendencia tributaria a suministrar.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el referido artículo 40 del Texto Refundido, la presentación de las declaraciones se realizará mediante remisión por vía electrónica a la Agencia Tributaria de Andalucía a través del Registro Telemático Tributario, regulado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 10 de junio de 2005. Utilizando las nuevas tecnologías, el sistema que se establece en la presente Orden hará posible recibir la información por medios electrónicos, con carácter global, directamente desde la Plataforma Informática del Colegio Nacional de Registradores, lo que garantizará su correcta recepción y facilitará el proceso y tratamiento posterior de la misma.
Por último, se indica que la remisión de la declaración informativa a la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza en virtud de las competencias atribuidas a la misma en el artículo 6.b) de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales. Dicho artículo establece que le corresponde a la Agencia Tributaria de Andalucía la gestión, liquidación, recaudación e inspección, por delegación del Estado, de los tributos estatales totalmente cedidos a la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
En su virtud, de acuerdo con el Consejo Consultivo, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
De conformidad con el artículo 40 del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, se regula la declaración informativa que, en los términos y con el alcance previstos en los artículos siguientes, deberán cumplimentar los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles con destino en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 2. Contenido de la declaración informativa.
1. La declaración incluirá información relativa a los actos o contratos sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, exentos o no, que se presenten a inscripción en los citados registros en el trimestre anterior.
2. La declaración informativa se ajustará al diseño y contenido que se establece en el Anexo I de la presente Orden.
Artículo 3. Obligados y forma de presentación.
1. Están obligados a presentar la declaración informativa, con periodicidad trimestral, todos los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que presten sus servicios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Dicha declaración se presentará de forma individual a la Agencia Tributaria de Andalucía a través de los Decanatos Territoriales de Registradores con sede en Andalucía, mediante remisión por vía electrónica conforme se dispone en el artículo siguiente.
3. El régimen de presentación establecido en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de la responsabilidad que deba imputarse individualmente a cada Registrador o Registradora por el incumplimiento de su deber de remisión de información o por la inexactitud o falta de integridad de la misma.
Artículo 4. Procedimiento y plazo de la presentación corporativa por vía electrónica de la declaración informativa.
1. La remisión de la declaración a la Agencia Tributaria de Andalucía se efectuará exclusivamente por vía electrónica y de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Los Decanatos Territoriales de los Registradores de Andalucía, a través de la Plataforma Informática del Colegio de Registradores, suministrarán a la Agencia Tributaria de Andalucía un fichero en formato XML, conforme a las especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo II y que deberá incluir la información que se señala en el artículo 2.
b) Si la declaración fuera aceptada, la Agencia Tributaria de Andalucía devolverá el correspondiente justificante de presentación en formato PDF, en el que constará la fecha y hora de presentación ante el Registro Telemático Tributario de la Junta de Andalucía.
c) En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, la Agencia Tributaria de Andalucía devolverá a la Plataforma Informática del Colegio de Registradores la descripción de los errores detectados. En este caso, se deberá proceder a subsanarlos volviendo a enviar la declaración informativa en el plazo de quince días.
d) Los Decanatos Territoriales de los Registradores de Andalucía deberán conservar los justificantes acreditativos de las declaraciones aceptadas, debidamente validadas, entregando copia de los mismos al correspondiente Registrador o Registradora.
e) Todos los mensajes electrónicos que se envíen en este procedimiento deberán incorporar la firma electrónica del emisor del mensaje.
2. La presentación de la declaración informativa por vía electrónica se realizará en la primera quincena de los meses de abril, julio, octubre y enero. Dichas declaraciones irán referidas al trimestre anterior respectivo.
Disposición adicional única. Habilitación para la ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía y a la persona titular de la Dirección General de Tecnologías para Hacienda y la Administración Electrónica, en el ámbito de sus competencias, de conformidad con la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 18 de noviembre de 2010, por la que se definen las competencias de aplicación de la política informática de la Consejería en la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, para modificar las especificaciones técnicas de formato y estructura establecidas para la remisión telemática de las declaraciones informativas, así como para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si bien se aplicará, por primera vez, para efectuar la declaración correspondiente al primer trimestre del año 2012 que deberá presentarse en la primera quincena del mes de abril de 2012.
Sevilla, 16 de marzo de 2012
CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
ANEXO I
De conformidad con los artículos 2 y 4 de la presente Orden, las declaraciones informativas serán comunicadas exclusivamente por vía electrónica cuya mensajería incorporará un fichero formato XML que contendrá la siguiente información:
A) Información a suministrar por los Registradores o las Registradoras de la Propiedad.
1. Datos identificativos del Registrador o Registradora y del Registro de la Propiedad: nombre, apellidos, NIF, Registro núm., municipio del Registro, período y número total de operaciones que contiene.
2. Impuesto al que está sujeta la operación: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales/Actos Jurídicos Documentados- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
3. Tipo de operación: herencia, donación, transmisión, préstamo hipotecario, constitución de otros derechos reales, anotación de embargo, otros.
4. Tipo de documento: escritura pública, acta notarial, mandamiento judicial, testimonio judicial, mandamiento administrativo, certificación administrativa, documento privado, instancia u otros.
4. bis. En el supuesto de tratarse de un documento notarial, además: código del Notario o Notaria, nombre del Notario o Notaria, nombre de la Notaría, fecha del documento, año del protocolo y número del protocolo.
En el caso de ser documento judicial o administrativo, fecha de intervención y Juzgado/Tribunal o Administración de la que procede.
5. Datos identificativos de los intervinientes: transmitente/adquirente, prestamistas/prestatarios, etc y su correspondiente NIF/NIE.
6. Datos identificativos de los bienes: identificador único de finca registral, referencia catastral con grado de verificación de la misma, localización del inmueble, vía, número, bloque, escalera, planta, puerta, pedanía, municipio, provincia, código postal, clase del bien inmueble, características, cuota de participación, superficie, VPO y Régimen de VPO.
7. Fecha de presentación para su inscripción.
B) Información a suministrar por los Registradores o las Registradoras Mercantiles.
1. Datos identificativos del Registrador o Registradora y del Registro Mercantil: nombre, apellidos, NIF, Registro núm., municipio del Registro, período y número total de operaciones que contiene.
2. Impuesto al que está sujeta la operación: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales/Operaciones Societarias/Actos Jurídicos Documentados-Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
3. Tipo de operación: constitución, ampliación de capital, disolución, liquidación y extinción, reducción de capital, reducción de capital por ajuste, otros.
4. Tipo de documento: escritura pública, acta notarial, mandamiento judicial, testimonio judicial, mandamiento administrativo, certificación administrativa, documento privado, instancia u otros.
4. bis. En el supuesto de tratarse de un documento notarial: código de Notario o Notaria, código de Notaría, nombre de Notario o Notaria, Nombre de Notaría, fecha del documento, año de protocolo y número de protocolo.
En el caso de ser documento judicial o administrativo, fecha de intervención y Juzgado/Tribunal o Administración de la que procede.
5. Datos identificativos de los intervinientes: nombre o razón social, NIF de la entidad, domicilio social de la misma, nombre o razón social del administrador o administradores y NIF de los mismos.
6. En los casos de constitución y ampliación de capital: capital del acto suscrito, desembolsado, capital resultante suscrito y desembolsado.
7. Fecha del acuerdo y de la presentación para su inscripción.
C) Información a suministrar por los Registradores o las Registradoras de Bienes Muebles y de prenda sin desplazamiento.
1. Datos identificativos del Registrador o Registradora y del Registro de Bienes Muebles: nombre, apellidos, NIF, Registro núm., municipio del Registro, período y número total de operaciones que contiene.
2. Impuesto al que está sujeta la operación: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales/Operaciones Societarias/Actos Jurídicos Documentados-Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
3. Tipo de operación: hipoteca mobiliaria o prenda sin desplazamiento.
4. Tipo de documento: escritura pública, acta notarial, mandamiento judicial, testimonio judicial, mandamiento administrativo, certificación administrativa, documento privado, instancia u otros.
4. bis. En el supuesto de tratarse de un documento notarial: código de Notario o Notaria, código de Notaría, nombre de Notario o Notaria, nombre de Notaría, fecha del documento, año del protocolo y número de protocolo.
En el caso de ser documento judicial o administrativo, fecha de intervención y Juzgado/Tribunal o Administración de la que procede.
5. Tipo de bien sobre el que recae la hipoteca mobiliaria o la prenda sin desplazamiento: establecimientos mercantiles, automóviles y otros vehículos de motor, así como los tranvías y vagones de ferrocarril de propiedad particular, aeronaves, maquinaria industrial, propiedad intelectual e industrial, frutos y cosechas, animales, así como sus crías y productos, máquinas y aperos de las referidas explotaciones y otros.
6. Datos identificativos de los intervinientes y su correspondiente NIF/NIE.
7. Fecha del acuerdo y de la presentación para su inscripción.
ANEXO II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | |
Cabecera |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
FecHoraGeneracion |
Timestamping sobre el envío del mensaje |
IDComunicación |
Número identificativo del mensaje |
Emisor |
Entidad emisora del mensaje |
Receptor |
Entidad receptora del mensaje |
Registrador/a |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
CodRegistrador |
Código único que asigna a cada Registrador/a el Colegio de Registradores |
TipoDoc |
Tipo de Documento de Identidad (Valores posibles:»1» NIF/CIF, «2» NIE; «3» pasaporte; «4» entidad financiera «5» otros) |
Número |
Número de Documento de Identidad |
Nombre |
Nombre del Registrador/a |
Apellidos |
Apellidos del Registrador/a |
Registro |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
CodRegistro |
Código único que asigna a cada Registro el C.G. de Registradores |
NombreRegistro |
Nombre del Registro |
TipoRegistro |
Tipo de registro (Propiedad, Mercantil o Bienes Muebles y de prenda sin desplazamiento) |
Dirección |
Dirección del registro |
Identificador del Indice |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
Año |
Año del índice (formato:AAAA) |
Trimestre |
Trimestre del índice (Valores posibles: «1T» Primer Trimestre, «2T» Segundo Trimestre, «3T» Tercer Trimestre, «4T» Cuarto Trimestre») |
Mes |
Mes del índice |
NúmOperaciones |
Número total de documentos contenidos en el índice |
Documentos |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NúmDocumento |
Número de documento/protocolo/asiento del libro de registro |
FecIntervencion |
Fecha de intervención o autorización (Formato válido:AAAA-MM-DD) |
ModoPresentación |
Modo de presentación (valor 1 para telemática) |
OperacionActo |
Descripción de la Operación o Acto del Doc si tipo de Registro=P (1=Herencia, 2=Donación, 3=Transmisión, 4= Préstamo Hipotecario, 5= Constitución otros derechos reales, 6=Anotación de embargo, 7= Otros Propiedad Si tipo de Registro =M 8=constitución, 9= ampliación de capital, 10 = disolución, liquidación y extinción, 11=reducción de capital, 12= reducción de capital por ajuste, 13= Otros Mercantiles Si tipo de Registro =B 14= Hipoteca mobiliaria, 15= prenda sin desplazamiento, 16=otros bienes |
TipoDocumento |
Tipo de documento 1= Escritura Pública, 2= Acta Notarial, 3= Mandamiento judicial, 4=testimonio judicial, 5= mandamiento admin., 6= certificación admin., 7= documento privado 8= Instancia, 9= otros. |
Notarial |
Datos relativos al documento tipo notarial |
Judicial |
Datos relativos al documento tipo judicial |
Administrativo |
Datos relativos al documento tipo administrativo |
Privado |
Datos relativos al documento tipo privado |
Intervinientes |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
TipoDoc |
Tipo de Documento de Identidad (Valores posibles:»1» NIF/CIF, «2» NIE; «3» pasaporte; «4» entidad financiera «5» otros») |
Número |
Número del documento de identidad |
Nombre |
Nombre del interviniente |
ApeRazonSocial |
Apellidos del interviniente o razón social |
Dirección |
Dirección del interviniente |
TipoInter |
Tipo de intervención tributable. |
Inmuebles |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
ReferenciaCatastral |
Referencia catastral. |
GradoFiabilidadRC |
Grado de veracidad de la referencia catastral en cumplimiento del art. 50 de la Ley 13/1996 (Valores posibles:»1» RC de la finca incorporada, «2» RC de la finca incorporada y dudosa, «3» RC incorporada de la finca de origen) |
IDfincaReg |
Identificador único de la finca registral |
Direccion |
Dirección del inmueble |
ClaseInmueble |
Clase de inmueble |
OtrasClasesInmueble |
Descripción de otra clase de inmueble |
SuperficieUtil |
Superficie util del inmueble |
SuperficieConstruida |
Superficie construida del inmueble |
SuperficieTerreno |
Superficie del terreno |
EsVPO |
Indicador de si es VPO |
RégimenVPO |
Tipo de régimen de VPO |
Muebles |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NúmeroRegistralBien |
Número registral del bien |
Categoría |
Indica la categoría del bien según tipificación 01=vehículos a motor, 02=maquinaria industrial, 03=establecimientos mercantiles, 04=buques, 05=aeronaves, 06=propiedad industrial (patentes y marcas), 07= propiedad intelectual, 08= otros bienes muebles registrables |
Vehículo |
Datos identificativos/descriptivos categoría vehículos |
Maquinaria |
Datos identificativos/descriptivos categoría maquinaria industrial |
Establecimiento |
Datos identificativos/descriptivos categoría establecimientos mercantiles |
Buque |
Datos identificativos/descriptivos categoría buques |
Aeronave |
Datos identificativos/descriptivos categoría aeronaves |
PropiedadIndustrial |
Datos identificativos/descriptivos categoría de propiedad industrial |
PropiedadIntelectual |
Datos identificativos/descriptivos categoría de propiedad intelectual |
Otrosbienes |
Datos identificativos/descriptivos categoría otros bienes |
Sociedades |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NúmeroDoc |
NIF/CIF de la sociedad |
DenominaciónSocial |
Denominación Social |
HojaRegistral |
Hoja Registral |
Dirección |
Dirección fiscal de la sociedad |
Importe |
Importe de la operación o acto |
TIPOS COMPLEJOS DE DATOS |
|
Dirección |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
CodPais |
Código INE del país |
CodProvincia |
Código INE de la provincia |
CodMunicipio |
Código INE del municipio |
CodLocalidad |
Código INE de localidad |
TipVía |
Tipo de vía (según codificación utilizada por la D.G.del Catastro) |
Vía |
Nombre de la vía |
TipoNúmero |
Tipo numeración de la vía. Número, Km, sin número u otros |
NúmVia |
Número de la vía |
CalNúmero |
Calificador del número. Bis, etc. |
Bloque |
Bloque |
Escalera |
Escalera |
Planta |
Planta |
Puerta |
Puerta |
Complemento |
Complemento al domicilio |
CodPostal |
Código Postal |
Teléfono |
Teléfono |
Fax |
Fax |
CorreoElect |
Correo Electrónico |
EstadoExtranjera |
Estado, región o provincia si el país no es España |
LugarUbicación |
Datos adicionales para describir características particulares |
Notarial |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
FechaDocumento |
Fecha del documento notarial (Formato válido:AAAA-MM-DD) |
AñoProtocolo |
Año de protocolo notarial |
NúmeroProtocolo |
Número del protocolo notarial |
NúmProBIS |
Número BIS del protocolo notarial |
CodNotario |
Código de notario según CGN |
CodNotaria |
Código de notaría según CGN |
Judicial |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
FechaDocumento |
Fecha del documento judicial (Formato válido:AAAA-MM-DD) |
AñoJuicio |
Año del juicio |
NúmeroJuicio |
Número de juicio |
CodJuzgado |
Código identificativo del juzgado |
NombreJuzgado |
Nombre del juzgado |
Administrativo |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
FechaDocumento |
Fecha del documento administrativo (Formato válido:AAAA-MM-DD) |
NúmeroDocumento |
Número del documento |
CodAdministración |
Código de la administración |
NombreAdministración |
Nombre de la administración |
Privado |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
FechaDocumento |
Fecha del documento privado (Formato válido:AAAA-MM-DD) |
NúmeroDocumento |
Número del documento |
Vehículo |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
Tipo |
Tipo de vehículo |
Marca |
Marca del vehículo |
Modelo |
Modelo del vehículo |
Grupo |
Grupo del vehículo según DGT |
Matrícula |
Matrícula del vehículo |
Bastidor |
Código de bastidor del vehículo |
Maquinaria |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
Tipo |
Tipo de maquinaria |
Marca |
Marca de la maquinaria |
Modelo |
Modelo de la maquinaria |
NúmSerie |
Número de serie de la maquinaria |
Dirección |
Ubicación de la maquinaria |
InsRegPropiedad |
Datos registrales de la maquinaria en el registro de la propiedad |
ReferenciaCatastral |
Referencia catastral de la finca |
Establecimiento |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NombreEstablecimiento |
Nombre del establecimiento |
ClaseEstablecimiento |
Clase de establecimiento |
NúmeroEstablecimiento |
Número de establecimiento |
Dirección |
Ubicación de la maquinaria |
InsRegPropiedad |
Datos registrales del establecimiento en el registro de la propiedad |
ReferenciaCatastral |
Referencia catastral de la finca |
Buque |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NombreBuque |
Nombre del buque |
MatriculaBuque |
Matrícula del buque |
CapitaniaMaritima |
Código de capitanía marítima |
ProvinciaMaritima |
Provincia marítima |
DistritoMaritimo |
Distrito marítimo |
NúmLista |
Número de lista |
FolioInscripcion |
Folio de inscripción |
AñoInscripcion |
Año de inscripción |
MatriculaFluvial |
Matrícula fluvial |
NIB |
Número del buque |
Pabellón |
Código o siglas del país del buque |
OMI |
Número internacional de buque |
TipoEmbarcacion |
Tipo de embarcación |
SubTipoEmbarcacion |
Subtipo de embarcación |
Eslora |
Eslora |
Manga |
Manga |
Puntal |
Puntal |
CaladoMáximo |
Calado máximo |
Bruto |
Tonelaje bruto |
RegistradoBruto |
Tonelaje registrado bruto |
Neto |
Tonelaje neto |
RegistradoNeto |
Tonelaje Registrado neto |
Desplazamiento |
Tonelaje de desplazamiento |
PesoMuerto |
Tonelaje peso muerto |
CargaMaxima |
Tonelaje carga máxima |
Astillero |
Nombre del astillero de construcción |
AñoConstruccion |
Año de construcción |
País |
País de construcción |
Marca |
Marca del casco |
Modelo |
Modelo del casco |
NúmSerie |
Número de serie del casco |
Material |
Material del que está construido el casco |
TipoMotor |
Tipo de motor |
MarcaMotor |
Marca del motor |
ModeloMotor |
Modelo del motor |
NúmSerie |
Número de serie del motor |
AñoConstrucción |
Año de construcción del motor |
PotenciaKW |
Potencia del motor en kilovatios |
PotenciaCV |
Potencia del motor en caballos de vapor |
Estado |
Estado del buque (construido o en construcción) |
OtrosDatos |
Otros datos relevantes sobre el buque |
Aeronave |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
Matrícula |
Matrícula de la aeronave |
Tipo |
Tipo de aeronave |
Marca |
Marca de la aeronave |
Modelo |
Modelo de la aeronave |
NúmSerie |
Número de serie de la aeronave |
Propiedad Industrial |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NombreMarca |
Nombre de la marca |
NúmRegAdm |
Número de marca en el registro administrativo |
TipoMarca |
Tipo de marca |
ClaseMarca |
Clase de marca |
SubClaseMarca |
Subclase de marca |
Descripción |
Descripción |
Propiedad Intelectual |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
NúmRegAdm |
Número de marca en el registro administrativo |
Clase |
Clase de propiedad intelectual |
Descripción |
Descripción de la propiedad intelectual |
Otros Bienes |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
Tipo |
Tipo de bien |
Marca |
Clase de propiedad intelectual |
Modelo |
Descripción de la propiedad intelectual |
NúmSerie |
Número de serie bien |
TipoRegAdm |
Tipo registro administrativo en el que está registrado |
NumRegAdm |
Número en el registro administrativo |
Dirección |
Ubicación del bien |
InsRegPropiedad |
Datos registrales del bien en el registro de la propiedad |
ReferenciaCatastral |
Referencia catastral de la finca |
NombreSociedad |
Nombre o razón social de la sociedad |
NIFSociedad |
NIF de la sociedad |
CNAE |
Código CNAE según INE |
InsRegMercantil |
Datos registrales del bien en el registro mercantil |
OtraDescripcion |
Otra descripción del bien |
InsRegPropiedad |
CAMPO | DESCRIPCIÓN |
CodRegistroPropiedad |
Código del registro de la propiedad según CORPME |
CodProvincia |
Código provincia del registro |
CodMunicipio |
Código de municipio del registro |
SeccionPropiedad |
Número de sección |
NumFinca |
Número de finca |
NumFincaBis |
Número de finca Bis |
NumSubFinca |
Número de subfinca |
InsRegMercantil |
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
CodRegistroMercantil |
Código del registro mercantil según CORPME |
SeccionMercantil |
Sección en el registro mercantil |
NumHoja |
Número de hoja |
NumHojaDup |
Número duplicado de hoja |
NumSubHoja |
Número de subhoja |
TomoSociedad |
Tomo de inscripción |
FolioSociedad |
Folio de inscripción |
InsSociedad |
Inscripción de la sociedad |