La Ley 10/2005, de 15 de diciembre, de horarios comerciales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 5.1 que los domingos y días festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público serán, como máximo, ocho al año. En el apartado 3 del citado artículo se establece el procedimiento para determinar anualmente los ocho domingos y festivos de apertura comercial.
El Decreto 137/2008, de 9 de septiembre de 2008, (D.O.C.M. nº 187, de 10 de septiembre de 2008), establece la estructura orgánica y competencias de correspondiendo a su titular la ejecución de la política regional en materia de comercio, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
En consecuencia, la Vicepresidenta y Consejera de Economía y Hacienda, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, previa audiencia a las asociaciones de consumidores más representativas con implantación regional, al Consejo de Cámaras de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha, a la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha y demás organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la región, dispone:
Artículo único: Los ocho domingos y festivos de apertura autorizada al público de los establecimientos comerciales en Castilla-La Mancha, para el año 2010, son los siguientes:
- Domingo, 3 de enero de 2010.
- Domingo, 7 de marzo de 2010.
- Domingo, 4 de julio de 2010.
- Domingo, 1 de agosto de 2010.
- Domingo, 5 de septiembre de 2010.
- Domingo, 7 de noviembre de 2010.
- Domingo, 12 de diciembre de 2010.
- Domingo, 26 de diciembre de 2010.
Disposición final: La presente orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 11 de noviembre de 2009
La Vicepresidenta y Consejera de Economía y Hacienda
MARÍA LUISA ARAÚJO CHAMORRO