Date:
Tuesday, 4 April, 2017
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Mediante la escritura cuya calificación es objeto del presente recurso se elevan a público los acuerdos adoptados por el consejo de administración de una sociedad de responsabilidad limitada por los que se confiere poder a la persona que en cada momento ostente la condición de Presidente del Consejo de Administración. El registrador suspende la inscripción de tal apoderamiento porque, a su juicio, es necesario que en escritura pública conste la identidad de los apoderados. Para que el poder otorgado en favor de quien ostente el cargo de presidente del consejo de administración pueda acceder al Registro es necesario que en el mismo poder ya se especifique que deberá acreditarse el nombramiento para dicho cargo mediante la inscripción en el Registro Mercantil o mediante escritura pública, al objeto de colmar las exigencias del artículo 1280.5.º del Código Civil |