Mediante el presente recurso se pretende la inscripción del nombramiento de administrador y modificación de estatutos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada. Vigente el cierre, no podrá practicar ningún asiento en la hoja abierta a la sociedad afectada, con las referidas excepciones. La Ley autoriza, expresamente, a que la fecha de comienzo de la actividad pueda ser, por disposición estatutaria, una posterior a la fecha de la escritura de constitución (artículo 24 de la Ley de Sociedades de Capital); lo que no autoriza, en ningún caso, es que la fecha de comienzo de operaciones quede en suspenso a voluntad de la sociedad a efectos del cumplimiento de una obligación legal como es el depósito de las cuentas anuales. Existía por tanto una obligación legal incumplida que trajo como consecuencia el cierre registral, debiendo subsistir dicho cierre, por disposición legal, mientras el incumplimiento persista.

Date: 
Thursday, 2 June, 2016