JUS/158/2010, de 18 de enero, mediante la que se resuelve el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles convocado por la Resolución JUS/3309/2009, de 17 de noviembre, y se dispone su publicación.



Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas JUS/3309/2009, de 17 de noviembre, y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;



En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),



RESUELVO:



—1 La provisión de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:



Nombre: Alberto Yusta Benach, núm. de escalafón 144.

Registro de Barcelona núm. 3.

Resultas: Barcelona núm. 5.



Nombre: Luis Miguel Fernández Cendejas, núm. de escalafón 244.

Registro de Sant Boi de Llobregat.

Resultas: El Prat de Llobregat.



Nombre: Fernando Cabello de los Cobos i Mancha, núm. de escalafón 357.

Registro de Martorell núm. 1.

Resultas: Ibiza núm. 1 y Registro Mercantil de Ibiza.



Nombre: Miguel Ángel Cisnal Gredilla, núm. de escalafón 581.

Registro de Rubí núm. 2.

Resultas: Martorell núm. 2.



Nombre: Juan Pablo de la Cruz Martín, núm. de escalafón 706.

Registro de Salou.

Resultas: Galapagar.



Nombre: Ángela Luisa Fernández-Cavada Viéitez, núm. de escalafón 991.

Registro de Cerdanyola del Vallès núm. 2.

Resultas: Telde núm. 3.



—2 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con losartículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el BOE, y a partir del día siguiente al de la última publicación en caso de que la publicación no se haga simultáneamente en los dos diarios oficiales.



Barcelona, 18 de enero de 2010

M. ELENA LAUROBA LACASA

Directora general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Date: 
Monday, 1 February, 2010