En el supuesto a que se refiere este recurso la registradora fundamenta su negativa a practicar la inscripción del nombramiento de administradores de la sociedad en que, a su juicio, ésta tiene objeto profesional (la asesoría de empresas en su vertiente jurídica) y, al no haberse adaptado a la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, se halla incursa en causa de disolución de pleno derecho, de modo que para inscribir tales nombramientos deberá presentarse, bien el acuerdo de reactivación de la sociedad y, simultáneamente, su adaptación a la citada Ley 2/2007, bien la reactivación de la sociedad y, simultáneamente, la modificación del objeto social, suprimiendo las actividades profesionales que el mismo contiene, o bien el acuerdo de liquidación de la sociedad.

Date: 
Saturday, 7 January, 2017