El registrador suspende la inscripción de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria solicitada porque «no se incorpora el Código Identificador del modelo de contrato de préstamo utilizado». En el presente caso el notario afirma expresamente en la escritura que el formulario del préstamo que se formaliza ha sido depositado en el Registro de Condiciones Generales de Contratación antes de empezar su comercialización. Por ello, el defecto expresado en la calificación impugnada no puede ser mantenido.

Date: 
Wednesday, 26 February, 2020