En el presente expediente, se presenta mandamiento expedido en procedimiento judicial para la práctica de anotación de embargo sobre los derechos hereditarios que al deudor puedan corresponder sobre determinadas fincas, como heredero de uno de los cónyuges titulares registrales (concretamente del esposo, pues respecto de la esposa en el mismo título se expresa que no consta en autos la documentación sucesoria). Debe confirmarse la calificación impugnada, ya que si dentro de la función calificadora encomendada al registrador está la interdicción de la indefensión deberá acreditarse que el demandado tiene el carácter de heredero del titular registral mediante la oportuna presentación de la correspondiente titulación auténtica, sin resultar adecuadas fotocopias parciales o totales de la misma. No se puede estimar la pretensión de la recurrente de que sea el propio registrador quien consulte archivos de diferentes Administraciones con las que no existe conexión alguna que permita su acceso a tal documentación.

Date: 
Friday, 22 February, 2019