Corrección de errores.-Orden de 4 de enero de 2010 por la que se da publicidad al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 30 de diciembre de 2009 por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.2º del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, se aprueba el régimen de fiscalización limitada previa para determinados expedientes de gasto.



Advertidos errores en la referida orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 5, del 11 de enero de 2010, es nesario hacer las siguientes correcciones:



Uno.-En la página 253, en el inciso final del párrafo quinto, donde dice:


«… el fomento del uso intensivo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en la tramitación administrativa y la implantación del procedimiento abreviado de conces».



Debe decir:


«… el fomento del uso intensivo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en la tramitación administrativa y la implantación del procedimiento abreviado de concesión».



Dos.-En la página 257, en el apartado octavo, VI,1, 1.1, B-1,d), donde dice:


«Cuando, de acuerdo con la normativa, no se hubiese constituido mesa de contratación, y que, en su caso, exista conformidad de que la clasificación concedida al contratista resultante de la adjudicación provisional coincide con la exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares».



Debe decir:


«Cuando, de acuerdo con la normativa, no se hubiese constituido mesa de contratación, que, en su caso, exista conformidad de que la clasificación concedida al contratista resultante de la adjudicación provisional coincide con la exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares».



Tres.-En la página 270, en el apartado octavo, XVII, 2, donde dice:


«Se comprobará que el procedimiento de concesión directa se ampara en alguno de los supuestos que, segundo la normativa vigente, habilitan para utilizar este procedimiento».



Debe decir:


«Se comprobará que el procedimiento de concesión directa se ampara en alguno de los supuestos que, según la normativa vigente, habilitan para utilizar este procedimiento».



Cuatro.-En la página 274, índice, quinto, donde dice:


«Supuestos no contemplados en el apargado octavo».

Debe decir:

«Supuestos no contemplados en el apartado octavo».

Date: 
Thursday, 4 February, 2010