Corrección de errores del Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía (BOJA núm. 85, de 3.5.2013).



Advertidos errores en el Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 85, de 3 de mayo de 2013, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 32, en la letra a) del apartado 2 del artículo 3, donde dice: «… durante un período ininterrumpido igual o superior a un año…», debe decir: «… durante un período igual o superior a doce meses…».

En la página 32, en la tercera línea del apartado 3 del artículo 3, donde dice: «Las Zonas con Necesidades de Transformación Social se determinan en el Anexo I…», debe decir: «A los citados efectos, las Zonas con Necesidades de Transformación Social serán las que se determinan en el Anexo I…».

En la página 33, en la letra a) del artículo 8, donde dice: «… demandante de empleo durante un período ininterrumpido igual o superior a un año.», debe decir: «… demandante de empleo durante un período igual o superior a doce de los últimos dieciocho meses.».

En la página 41, en el artículo 36, donde dice: «1. La Consejería con competencias en materia de administración local subvencionará las siguientes acciones», debe decir: «La Consejería con competencias en materia de administración local subvencionará las siguientes acciones».

En la página 41, en el tercer párrafo de la letra b) del artículo 36, donde dice: «De igual forma, se subvencionará a las federaciones y organizaciones de voluntariado adheridas a la Red que promuevan la puesta en marcha de economatos sociales y comedores sociales (…)», debe decir: «De igual forma, se subvencionará a las federaciones y organizaciones de voluntariado y otras entidades sociales adheridas a la Red para la promoción de economatos sociales o comedores sociales (…).».

En la página 44, en la segunda línea de la letra c) del apartado 1 del artículo 47, donde dice: «… de alimentos a personas menores de edad, …», debe decir: «… de alimentos, junto con acciones complementarias socioeducativas, a personas menores de edad, …».

En la página núm. 47, en el Anexo I, debe añadirse al cuadro el inciso: «Provincia: Cádiz // Municipio: Jerez de la Frontera // Distrito Norte», en el orden correspondiente a la ordenación alfabética que rige para el citado Anexo.

En la página núm. 47, en el Anexo I, debe añadirse al cuadro el inciso: «Provincia: Córdoba // Municipio: Córdoba // Las Moreras», en el orden correspondiente a la ordenación alfabética que rige para el citado Anexo.

En la página núm. 48, en el Anexo I, debe añadirse al cuadro el inciso: «Provincia: Málaga // Municipio: Málaga // Bdas. de Palma-Palmilla, Castañetas y Los Asperones», en el orden correspondiente a la ordenación alfabética que rige para el citado Anexo.

Date: 
Wednesday, 22 May, 2013