–Donde dice:
"Artículo 64. Competencias del Consejo de Gobierno."
–Debe decir:
"Artículo 68. Competencias del Consejo de Gobierno."
–Donde dice:
"Artículo 30. Obligaciones de las personas titulares
g) Escolarizar a personas menores en edad de enseñanza obligatoria que estén a cargo de la unidad perceptora, manteniendo una asistencia regular a los Centros educativos correspondientes.
h) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.
i) Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio o residencia habitual."
–Debe decir:
f) Escolarizar a personas menores en edad de enseñanza obligatoria que estén a cargo de la unidad perceptora, manteniendo una asistencia regular a los Centros educativos correspondientes.
g) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.
h) Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio o residencia habitual."
Palacio del Gobierno de Cantabria, 10 de abril de 2007.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA,
Miguel Ángel Revilla Roiz
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