Constituye el objeto de este recurso decidir si procede la inmatriculación de una finca en virtud de un título público de donación, aportándose como título previo escritura de adjudicación de herencia. El registrador señala en la calificación que «la finca está en los lindes del pueblo y pudiera formar parte de una finca rústica anterior». Es consolidada y reiterada doctrina de esta Dirección General que siempre que se formule un juicio de identidad de la finca por parte del registrador, no puede ser arbitrario ni discrecional, sino que ha de estar motivado y fundado en criterios objetivos y razonados. La calificación no expresa un juicio motivado de identidad de la finca y tampoco puede afirmarse que la circunstancia de encontrarse la finca lindante con terreno rústico justifique la exigencia de una documentación adicional, que no se exigiría en otro caso y que no se ampara en ningún precepto legal.

Date: 
Thursday, 24 January, 2019