El artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/1998, de 15 de junio, establece que las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma en los términos previstos en la Ley que regula el Régimen Electoral General, de manera que se realicen el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años, sin perjuicio de lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.
El artículo 15.1 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, establece que el Parlamento de Navarra es elegido por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por un período de cuatro años.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura establece en su artículo 21.4 que las elecciones a la Asamblea de Extremadura serán convocadas por el Presidente de la Junta en los términos previstos en la Ley que regula el Régimen Electoral General de manera que se realicen el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificación parcial de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
El Govern de la Generalitat de Catalunya vol fomentar actuacions que contribueixin a aconseguir una justícia a Catalunya eficaç, àgil i eficient, capaç d’adaptar-se a les innovacions i a les necessitats de l’entorn social que l’envolten i un bon dret propi.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
Date: Wednesday, 26 March, 2003
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
Date: Wednesday, 26 March, 2003
Preàmbul
La Generalitat de Catalunya va crear i estructurar els seus propis òrgans per a la resolució de les reclamacions economicoadministratives mitjançant el Decret 223/1983, de 9 de juny. El sistema organitzatiu adoptat aleshores es va basar en un repartiment tripartit de les funcions, en el qual n’eren òrgans competents, a més del conseller o consellera d’Economia i Finances, la Junta Superior de Finances i les corresponents Juntes Territorials de Finances.
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