Boletín Oficial de Estado

Resolución de 13 de diciembre de 2012, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 289, de 1 de diciembre de 2012.

Se ordena la publicación para general conocimiento.

Date: 
Thursday, 20 December, 2012

Resolución de 7 de diciembre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se dispone la jubilación voluntaria del notario de Donostia/San Sebastián, don José María Ajubita Garavilla.



Vista la instancia del Notario de Donostia/San Sebastián, don José María Ajubita Garavilla, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.

Date: 
Thursday, 20 December, 2012

Resolución de 5 de diciembre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se dispone la jubilación voluntaria del notario de Madrid, don Luis Sánchez Marco.

Vista la instancia del Notario de Madrid, don Luis Sánchez Marco, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.




Date: 
Thursday, 20 December, 2012

Resolución de 13 de diciembre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se dispone la jubilación voluntaria del notario de Albacete, don Carlos Albeldo Valls.

Vista la instancia del Notario de Albacete, don Carlos Albeldo Valls, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.




Date: 
Thursday, 20 December, 2012

Resolución de 4 de diciembre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se dispone la jubilación voluntaria del notario de Granada, don José Manuel López Villar.



Vista la instancia del Notario de Granada, don José Manuel López Villar, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.

Date: 
Wednesday, 19 December, 2012

Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.



La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en su Título I da una nueva regulación a la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso administrativo y social introducida en nuestro ordenamiento jurídico por el artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Date: 
Saturday, 15 December, 2012

Orden HAP/2652/2012, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las tablas de devolución que deberán aplicar las entidades autorizadas a intervenir como entidades colaboradoras en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en régimen de viajeros regulado en el artículo 21, número 2º, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El artículo 117, apartado tres, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que la devolución de las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes en el régimen de viajeros regulado en el artículo 21, número 2.º, de la propia Ley, podrá efectuarse a través de entidades colaboradoras en las condiciones que se determinen reglamentariamente.




Date: 
Friday, 14 December, 2012

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