Boletín Oficial de Estado
La prevención y lucha contra el fraude fiscal, objetivos siempre esenciales de la Administración tributaria, adquieren una especial trascendencia en un escenario de crisis económica y de austeridad presupuestaria.
La lucha contra el fraude y la evasión fiscal, además de la adopción de medidas de carácter normativo, exige que la Administración tributaria esté dotada de los instrumentos orgánicos necesarios para dicha finalidad.
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) continua condicionado en 2013 por la necesidad de consolidación de las cuentas públicas y reducción del déficit en un contexto de contracción del PIB.
Advertidos errores en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 28 de diciembre de 2012, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
En la página 88089, la tabla de los factores de reducción del artículo 23.3 se sustituye por la siguiente:
Considerando el contexto actual de crisis que ha afectado de forma especialmente relevante al sector inmobiliario, resulta necesario garantizar que la información sobre el valor razonable de los inmuebles de que son titulares las entidades aseguradoras no quede desactualizado, pudiendo incidir negativamente en su situación patrimonial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario de Pamplona/Iruña, don Joaquín Luis Yoldi Sengáriz, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Advertida errata en la inserción de la Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 25, de fecha 29 de enero de 2013, páginas 6532 a 6568, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, a través del artículo 53, apartado noveno, introdujo un nuevo artículo 23 en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, creando la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas, actualmente recogida en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.
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