JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Fecha: dissabte, 17 juliol, 2010
En el recurso de casación en interés de la Ley n.º 22/2009, interpuesto por el Ayuntamiento de Osuna, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 14 de mayo de 2010, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, incluye la reforma de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Santa Cruz de Tenerife, don Lucas Raya Medina, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
A la vista del dictamen definitivo del equipo de valoración de incapacidades de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por el que se califica al Notario don José Luis Maroto Ruiz como incapacitado permanente,
Advertidos errores en la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 102, de 28 de abril de 2010, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 37009, en el segundo párrafo del apartado 3, donde dice: «... contracturales...», debe decir: «… contractuales…».
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