ORDEN EHA/3745/2007, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

    El artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece como uno de los medios para la comprobación de valores el de precios medios en el mercado, que se ha considerado como idóneo para la comprobación de valores de los medios privados de transporte, aprobándose para cada ejercicio una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda en la que se han recogido los precios en el mercado no sólo de los automóviles de turismo, vehículos todo terreno y motocicletas, sino también los de las embarcaciones de recreo.
Fecha: 
divendres, 21 desembre, 2007

LEY 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

    JUAN CARLOS I

    rey de españa

    A todos los que la presente vieren y entendieren.

    Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    I

Fecha: 
dijous, 27 desembre, 2007

Resolución de 10 de diciembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se nombra Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Santiago de Compostela, perteneciente al Colegio Notarial de Galicia, al notario de dicha localidad, don Marcelino Estévez Fernández.

    Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Santiago de Compostela, perteneciente al Colegio Notarial de Galicia, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
Fecha: 
dimecres, 19 desembre, 2007

LEY 48/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

    JUAN CARLOS I

    REY DE ESPAÑA

    A todos los que la presente vieren y entendieren.

    Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Fecha: 
dijous, 20 desembre, 2007

Resolución de 10 de diciembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se nombra Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Pontevedra, perteneciente al Colegio Notarial de Galicia, al notario de dicha localidad, don José Manuel Gómez Varela.

    Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Pontevedra, perteneciente al Colegio Notarial de Galicia, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
Fecha: 
dimecres, 19 desembre, 2007

ORDEN EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

    La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en su artículo 48 establece que los obligados tributarios deben comunicar su domicilio fiscal y el cambio del mismo a la Administración tributaria que corresponda, en la forma y en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Fecha: 
dimecres, 19 desembre, 2007

ORDEN INT/3782/2007, de 13 de diciembre, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales.

    Las Mesas electorales, que encuentran su regulación en el artículo 23 y siguientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), forman parte de la Administración Electoral, y por lo tanto, velan por el principio de igualdad, y por la transparencia y objetividad del proceso electoral.

    La Mesa electoral está formada por un Presidente y dos Vocales (art. 25 LOREG), cuyas dietas han de regularse por Orden ministerial, según dispone el artículo 28.2 de la mencionada Ley Orgánica.

Fecha: 
dimarts, 25 desembre, 2007

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