El artículo 6.l) de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone como competencia del consejero competente en materia de Hacienda el establecer y modificar los plazos de presentación de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones de datos y solicitudes en materia tributaria.
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I Fecha: dijous, 31 desembre, 2009
Mediante Decreto 120/2009, de 1 de septiembre, se determinó el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2010, y se abrió el plazo para fijar las fiestas locales (BOC nº 179, de 11 de septiembre).
El artículo 67.1 de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, mantiene los tipos impositivos de cuantía fija en los mismos importes vigentes en el año 2009, sin perjuicio de lo establecido en la disposición final segunda, apartados dos y tres, de la citada Ley, que modifican determinadas tasas.
El artículo 11.1 del Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, aprobado por Decreto 136/2007, de 24 de mayo, dispone que las solicitudes para el reconocimiento de la Prestación se formularán en el modelo normalizado que consta como anexo I.
Fecha: divendres, 19 febrer, 2010
El fenómeno meteorológico adverso que ha padecido ayer esta Comunidad Autónoma, aconseja declarar inhábil ese día en toda la Comunidad Autónoma a los efectos del cómputo de los plazos de los tributos gestionados por la Administración Tributaria Canaria.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.l) de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 29.2 del Estatuto de Autonomía establece que los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados por el Gobierno de Canarias de conformidad con las leyes del Estado y en igualdad de derechos, tanto si los aspirantes ejercen dentro o fuera de Canarias.
Se rectifica la corrección de errores de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 69, de 9 de abril de 2010, quedando como sigue:
En las Disposiciones Adicionales
Donde dice:
"Cuarta.- Modificación de la Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común.
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