EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley para la regulación de un plan de pagos de las deudas pendientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a 31 de diciembre de 2011.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Símbolos de Navarra.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El escudo, la bandera y el himno son los principales símbolos de expresión de la identidad de los pueblos.
Fecha: divendres, 11 abril, 2003
Advertido error en el párrafo segundo del artículo 19 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Reordenación del Sector Público Regional, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 301, de 31 de diciembre de 2012, debe procederse a la corrección en los siguientes términos:
En el párrafo segundo del artículo 19:
La Ley 6/2009, de 9 de octubre, de Creación del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia, dispone en su artículo 9 que por Orden del titular de la Consejería a la que se encuentre adscrito el Organismo Autónomo se establecerán las especificaciones y requisitos necesarios para la publicación de los documentos electrónicos o telemáticos cuya transmisión se realice a través de medios y aplicaciones informáticas, electrónicas o telemáticas.
El artículo 51 de la Constitución Española establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. Asimismo, promoverán su información y educación, fomentarán sus organizaciones y las oirán en las cuestiones que puedan afectarles.
Fecha: dimarts, 12 novembre, 2013
La Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad, establece en su artículo 3.2 que el documento de voluntades anticipadas se formaliza por escrito, permitiendo a la persona otorgante hacerlo bien ante notario, bien ante el funcionario o empleado público encargado del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, o bien ante tres testigos.
Fecha: divendres, 28 novembre, 2003
Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes, comprendidas en el Concurso Ordinario convocado por Resolución de 17 de junio de 2003 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 28 de junio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 44/2002, de 12 de febrero (BOPV n.º 36, de 20 de febrero),
RESUELVO:
Fecha: dimecres, 12 novembre, 2003
La experiencia acumulada durante el período de vigencia del Decreto 302/1996, de 24 de diciembre, por el que se regula la habilitación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (en adelante EE.CC.AA.II.), aconseja proceder a su sustitución, así como a la debida actualización de contenidos.
Fecha: divendres, 5 desembre, 2003
LEY 3/1999, de 26 de noviembre, de modificación de la Ley del Derecho Civil del País Vasco, en lo relativo al Fuero Civil de Gipuzkoa (corrección de errores).
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